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DECRETO17541975197509 script var date = new Date(01/09/1975); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXII. N. 34405. 23, SEPTIEMBRE, 1975. PÁG. 4.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se hace un traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Educación Nacional), por 25.000.000VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO23/09/197501/09/19753440510284

DIARIO OFICIAL. AÑO CXII. N. 34405. 23, SEPTIEMBRE, 1975. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1754 DE 1975

(septiembre 01)

Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Educación Nacional), por 25.000.000

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

considerando: 

  

Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito; 

  

Que el Ministerio de Educación Nacional, por medio de la Resolución número 3970 de 1975, declaró sobrante la cantidad de $ 25.000.000 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de que sea traslada para incrementar otra apropiación del mismo Presupuesto; 

  

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 37 de 1975 por $ 25.000.000 para amparar el traslado presupuestal de que trata este Decreto, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios. 

  

decreta: 

  


<<Artículo 1°. NO SE ENCUENTRA DIGITADO EN EL DIARIO OFICIAL 34405>> 

  

Presupuesto de Funcionamiento. 

  

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL 

  

Contracrédito 

  

CAPITULO 259. 

  

División de Planteles Nacionales. 

  

Programa 260. 

  

Educación media. 

  

Subprograma 7. 

  

Educación media diversificada. 

Transferencias.
204 313 414Artículo 2763. Funcionamiento, centros de servicios docentes$25.000.000
Suma el contracrédito$25.000.000

Crédito

  

CAPITULO 259 

  

División de Planteles Nacionales. 

  

Programa 260. 

  

Educación media. 

  

Subprograma 7. 

  

Educación media diversificada. 

Transferencias.
204 313 414Artículo. .2760. Institutos nacionales de educación media diversificada$25.000.000
Suman los créditos$25.000.000

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 1° de septiembre de 1975. 

  

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.