DIARIO OFICIAL. AÑO CXLVIII. N. 48523. 15, AGOSTO, 2012. PAG. 1.
DECRETO 1709 DE 2012
(agosto 15)
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará el día 16 de agosto a partir de las 06:00 horas de la mañana, a la Ciudad de Santo Domingo - (República Dominicana), con el fin de asistir a la Ceremonia de Transmisión de Mando Presidencial del señor Danilo Medina;
Que el regreso se realizará el mismo día 16 de agosto, en horas de la noche;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro del Interior, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario.
DECRETA:
Artículo 1°.Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro del Interior, doctor Federico Rengifo Vélez, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:
1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304,314 y 323.
2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos 163, 165 y 166.
4. Artículos 200 y 201.
5. Artículos 213, 214 y 215.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de agosto de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN