DIARIO OFICIAL. AÑO XCII. N. 28804. 18, JULIO, 1955. PÀG. 3.
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DECRETO 1706 DE 1955
(junio 22)
Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente Ministerio de Obras Públicas
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,
DECRETA:
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
Ministerio de Obras Públicas.
CAPITULO 120
Carreteras Adicionales.
Conservación, Adiciones y Mejoras.
| Clbl (b). Del artículo 2643. Para atender a los gastos que demanden los trabajos de emergencia en las carreteras nacionales, en el año | $ 125.000 |
| Suman los contracréditos | $ 125.000 |
CAPITULO 120
Carreteras Nacionales.
Conservación, Adiciones y Mejoras.
| CIbl (b). Al artículo 2048. Para gastos genérales de carreteras, en el año | 125.000 |
| Suman los créditos | 125.000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de junio de 1955.
Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Obras Públicas,
Contraalmirante Rubén Piedrahita A.