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DECRETO16531947194705 script var date = new Date(19/05/1947); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIII. N. 26441. 2, JUNIO, 1947. PÁG. 15.MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASpor el cual se modifican las asignaciones de los Contadores Auxiliares 2° y 4° a que se refiere el Decreto número 3009 de 1945.VigentefalsefalseTransportefalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse02/06/194716/04/19472644175115

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIII. N. 26441. 2, JUNIO, 1947. PÁG. 15.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1653 DE 1947

(mayo 19)

por el cual se modifican las asignaciones de los Contadores Auxiliares 2° y 4° a que se refiere el Decreto número 3009 de 1945.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que la Junta de Compras y Fondo Rotatorio en Liquidación, del Ministerio de Obras Públicas, teniendo en cuenta la solicitud formulada por el personal de empleados del Fondo Rotatorio, conceptúo que era del caso elevar las asignaciones de dicho personal, lo cual consta en el Acta número 23, de fecha 7 de los corrientes, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. A partir del 16 de abril de 1947, las asignaciones de los Contadores Auxiliares 2º y 4º del Fondo Rotatorio de Obras Públicas en Liquidación, dependientes del Departamento de Comercio y Almacenes del Ministerio de Obras Públicas a que se refiere el Decreto número 3009, de 12 de diciembre de 1945, serán de $ 250.00 y $ 200.00 mensuales, respectivamente. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a los 19 de mayo de 1947. 

  

MARIANO ORPINA PEREZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Francisco de P. PEREZ 

  

El Ministro de Obras Públicas 

  

Luis Ignacio ANDRADE