DECRETO16381972197209 script var date = new Date(08/09/1972); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CIX. N. 33692.19, SEPTIEMBRE, 1972. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se derogan unos DecretosVigencia en EstudiofalsefalseJusticia y del DerechofalseAdministración de justicia|Orden publicofalseDECRETO LEGISLATIVONorma no vigente por no ser adoptada como legislación permanente.19/09/197208/09/19723369212211

DIARIO OFICIAL. AÑO CIX. N. 33692.19, SEPTIEMBRE, 1972. PÁG. 1.

RESUMEN DE JURISPRUDENCIA [Mostrar]

DECRETO 1638 DE 1972

(septiembre 08)

Por el cual se derogan unos Decretos

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional y en desarrollo del Decreto extraordinario número 250 de 1971, y 

  

considerando: 

  

Que el señor Procurador General de la Nación ha informado al Gobierno que la actividad laboral en las oficinas judiciales y del Ministerio Público es completamente normal en la actualidad, y 

  

Que en consecuencia, no es ya necesario mantener la vigencia le los Decretos extraordinarios números 1415 y 1459 de 1972, dictados con la precisa y única finalidad de procurar el restablecimiento de la normalidad en las oficinas judiciales y del Minirterío Público cuyos servicios i estuvieron suspendidos. 

  

decreta: 

  


Artículo 1° Deróganse los Decretos extraordinarios números 1415 y 1459 de 1972. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Articulo 2° Las autoridades de Policía a que se refiere el, artículo 1° del Decreto 1415 de 1972, pasarán a los Jueces; correspondientes los procesos que venían instruyendo por j delitos de competencia de los-Jueces ordinarias, en el estado j en que se encuentren. 

  


Artículo 3° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. E. a 8 de septiembre de 1972. 

  

misael pastrana borrero 

  

El Ministro de Gobierno, Abelardo Forero Benavides.-El Ministro de Relaciones Exteriores, Alfredo Vázquez Carrizosa.-E1 Ministro de Justicia, Miguel Escobar Méndez.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez.-El Ministro de Defensa Nacional, General, Hernando Currea Cubides.-El Ministro de Agricultura Hernán Caramillo Ocampo.-El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Crispín Villazón de Armas,-El Ministro de Salud Pública, José María Salazar Buchelli.-El Ministro de Desarrollo Económico, Hernando Agudelo Villa.-El Ministro de Minas y Petróleos, Rafael Caycedo Espinosa,-El Ministro de Educación Nacional, Juan Jarobo Muñoz-El Ministro de Comunicaciones. Juan B. Fernández Renowitzky,-El Ministro de Obras Públicas, encargado, Jairo Sierra Muñera.