DIARIO OFICIAL AÑO CXXI. N. 36688. 12, JULIO, 1984. PÁG. 13.
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DECRETO 1579 DE 1984
(junio 22)
Por el cual se deroga el artículo primero del Decreto 2668 de 1977.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo primero del Decreto 2668 de 1977, se declaró de servicio público la actividad de la Empresa Agafano S. A.;
Que mediante sentencia del Consejo de Estado de fecha 10 de septiembre de 1979 proferida en acción de nulidad entablada contra el Decreto 2668 de 1977, esa Corporación determinó que la declaratoria de servicio público contenida en éste, era de apreciación exclusiva del Gobierno Nacional;
Que a juicio del Gobierno, han desaparecido los motivos que condujeron a tal declaratoria de utilidad pública,
DECRETA:
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a los 22 días de junio, de 1984.
BELISARIO BETANCUR
La Ministra de Trabajo y Seguridad Social, encargada.
Helena Páez de Tavera.
El Ministro de Salud Pública,
Jaime Arias Ramírez