DECRETO14721907190712 script var date = new Date(06/12/1907); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLIII. N. 13145, 16, DICIEMBRE, 1907. PÁG. 1MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se abrogan dos artículos y un parágrafo del Decreto ejecutivo número 1316 del corriente añoVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO16/12/190716/12/19071314512411

DIARIO OFICIAL. AÑO XLIII. N. 13145, 16, DICIEMBRE, 1907. PÁG. 1

DECRETO 1472 DE 1907

(diciembre 06)

Por el cual se abrogan dos artículos y un parágrafo del Decreto ejecutivo número 1316 del corriente año

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Desde el 1. ° de Diciembre actual quedan sin efecto alguno y derogados en todas sus partes los artículos 3. ° y 7.° y el parágrafo del artículo 4.° del Decreto ejecutivo número 1316 de 28 de Octubre de 1907; en consecuencia queda en su fuerza y vigor la parte correspondiente del artículo 1.° del Decreto número 317 de 1905. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, á 6 de Diciembre de 1907. 

  

R. REYES 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

D. EUCLIDES DE ANGULO