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DECRETO14411932193209 script var date = new Date(01/09/1932); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXVIII N. 22077. 03, SEPTIEMBRE, 1932.PÁG.06.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSPor el cual se crean dos estaciones inalámbricas y se hacen unos nombramientosVigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalseDECRETO ORDINARIO03/09/193203/09/1932220775266

DIARIO OFICIAL. AÑO LXVIII N. 22077. 03, SEPTIEMBRE, 1932.PÁG.06.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1441 DE 1932

(septiembre 01)

Por el cual se crean dos estaciones inalámbricas y se hacen unos nombramientos

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Créanse las siguientes estaciones inalámbricas con el personal y asignaciones mensuales que en seguida se expresan: 

Estación inalámbrica de Ocaña.
Un Jefe Electricista, con$140
Un Operador, con100
Estación inalámbrica de Pasto.
Un Jefe Electricista, con$140
Un Operador, con100

Artículo 2° Hácense los siguientes nombramientos: 

  

Jefe Electricista y Operador de la Estación inalámbrica de Ocaña, Víctor Landazábal y José Vicente Olivos, respectivamente. 

  

Jefe Electricista y Operador de la estación inalámbrica de Pasto, Jorge H, Bravo y Manuel J. Guevara, respectivamente. 

  

Operador de la estación inalámbrica de Barranquilla, Sebastián Duarte, en reemplazo de Víctor Landazábal, quien pasa a Otro puesto. 

  

Operador de la estación inalámbrica de Barrancabermeja, José H. Camacho, en reemplazo de Manuel J. Guevara, quien pasa a otro puesto. 

  

Jefe Electricista, Administrador de Correos de la estación inalámbrica de Guapi, Guillermo A. Vallarino, en reemplazo de Jorge H, Bravo, quien pasa a otro puesto. 

  

Operador de la estación inalámbrica de Guapi, Jorge Rivas, en reemplazo de Guillermo A. Vallarino, quien pasa a otro puesto. 

  


Artículo 3° El gasto que demande el cumplimiento del presente. Decreto se imputará al capítulo 55, artículo 460, del Presupuesto vigente. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 1° de septiembre de 1932. 

  

ENRIQUE OLAYA HERRERA 

  

El Ministro de Correos y Telégrafos, 

  

Alberto PUMAREJO