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DECRETO14061993199307 script var date = new Date(21/07/1993); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 40956. 21, JULIO, 1993. PÁG. 11.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALpor el cual se aprueba el Acuerdo 019 del 21 de abril de 1993 expedido por el Consejo Superior del Colegio Mayor de Antioquia, sobre adopción de la planta de personal administrativo de la Institución.VigentefalsefalseEducación NacionalfalsefalseDECRETO ORDINARIO21/07/199321/07/1993409561111

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 40956. 21, JULIO, 1993. PÁG. 11.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1406 DE 1993

(julio 21)

por el cual se aprueba el Acuerdo 019 del 21 de abril de 1993 expedido por el Consejo Superior del Colegio Mayor de Antioquia, sobre adopción de la planta de personal administrativo de la Institución.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el ordinal 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Aprobar el Acuerdo número 019 del 21 de abril de 1993 expedido por el Consejo Superior del Colegio Mayor de Antioquia, sobre adopción de la planta de personal administrativo de la Institución, cuyo texto es el siguiente: 

  

"Acuerdo número 019 DE 1993 

  

(abril 21) 

  

por el cual se establece la planta de personal administrativo del Colegio Mayor de Antioquia y se fija el número de trabajadores oficiales. 

  

El Consejo Superior del Colegio Mayor de Antioquia, en uso de las facultades legales y estatutarias, 

  

ACUERDA: 

  

Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias del Colegio Mayor de Antioquia, serán cumplidas por la planta de personal administrativo que a continuación se establece: 

  

Número de Cargos 

Dependencia y Denominación del Empleo 

Código 

Grado 

Rectoría. 

Rector del Colegio Mayor 

0055 

03 

Secretario Ejecutivo 

5040 

13 

Conductor Mecánico 

6010 

06 

Planta Globalizada. 

Secretario General de Colegio Mayor 

2180 

07 

Vicerrector de Colegio Mayor 

0065 

02 

Decano de Colegio Mayor 

0160 

01 

Profesional Universitario 

3020 

03 

Profesional Universitario 

3020 

04 

Profesional Universitario 

3020 

05 

Profesional Especializado 

3010 

09 

Médico (Medio Tiempo) 

3085 

14 

Pagador 

5045 

13 

Almacenista 

5080 

11 

Secretario Ejecutivo 

5040 

11 

Secretario 

5140 

10 

Secretario 

5140 

10 

Secretario 

5140 

08 

Secretario 

5140 

06 

Ayudante de Oficina 

5155 

07 

Auxiliar Administrativo 

5120 

07 

Auxiliar de Servicios Generales 

6035 

03 

Celador 

6020 

03 

  

Artículo 2° Fíjanse en ocho (8) el número de trabajadores oficiales al servicio del Colegio Mayor de Antioquia. 

  

Artículo 3° El Rector mediante resolución hará la distribución de los anteriores cargos y la ubicación del personal de acuerdo con la estructura orgánica, los planes y programas y las necesidades del servicio. 

  

Artículo 4° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las disposiciones que le sean contrarias y para su validez requiere aprobación por decreto del Gobierno Nacional. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Medellín, a los veintiún (21) días del mes de abril de 1993. 

  

El Presidente, 

  

(Fdo.) Luis Carlos Muñoz Uribe. 

  

La Secretaria, 

  

(Fdo.) Rosa Helena Castaño de B.". 

  


Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1994 y deroga las disposiciones que le sean contrarias. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 21 de julio de 1993. 

  

CESAR GAVIRIA TRUJILLO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez; La Ministra de Educación Nacional, Maruja Pachón de Villamizar; El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Carlos Humberto Isaza Rodríguez.