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DECRETO14021952195201 script var date = new Date(16/01/1952); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIX. N. 27957. 22, JULIO, 1952. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se distribuye la partida de $ 800.000.00 de que trata el artículo 2° del Decreto 2608 de 1951VigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO22/07/195222/07/1952279573211

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIX. N. 27957. 22, JULIO, 1952. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1402 DE 1952

(enero 16)

Por el cual se distribuye la partida de $ 800.000.00 de que trata el artículo 2° del Decreto 2608 de 1951

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Hácese la siguiente distribución de la partida de ochocientos mil pesos ($ 800.000.00) moneda legal a que se refiere el artículo 2° del Decreto número 2608 de 1951, partida restante del millón de pesos destinado en el artículo 6° del Decreto extraordinario 2169 del mismo año para la restauración económica de los Llanos Orientales: 

  

CAPITULO I 

Jefatura Civil y Militar.
Artículo 1° Para útiles de escritorio a $ 300.00 mensuales$3.600.00
Artículo 2° Para adquisición de un Jeep6.000.00
Artículo 3° Para combustible, lubricantes, repuestos y reparaciones de un automóvil y un jeep, a razón de $ 300.00 mensuales3.600.00
Artículo 4° Para pago de arrendamiento de la casa donde funcionan las Oficinas de la Jefatura Civil y Militar, a $ 500.00 mensuales6.000.00
Artículo 5° Para arrendamiento de la casa donde funcionan las Oficinas del Estado Mayor, a $ 250.00 mensuales3.000.00
Artículo 6° Para arrendamiento de la casa donde funcionan los Juzgados Militares, a $ 380.00 mensuales4.560.00
Artículo 7° Para arrendamiento de la casa donde funciona la Sección de Investigación Criminal, a $ 175.00 mensuales2.100.00
Artículo 8° Para arrendamiento del local donde funciona la Oficina de Expedición de salvoconductos, a $ 30.00 mensuales360.00
Artículo 9° Para arrendamiento de veinte (20) casas para cuarteles de tropa en distintos lugares de los Llano, a $ 100.00 mensuales cada uno en promedio24.000.00
Artículo 10. Para reparaciones locativas, a $ 200.00 mensuales2.400.00
Artículo 11. Para pago de luz, agua, teléfono, a $ 200.00 mensuales2.400.00
Artículo 12. Para pagar a la Dirección del Servicio de Material de Guerra el suministro que hizo de cuatrocientas (400) escopetas "Famage", calibre 28, y los cartuchos correspondientes, para suministro a los colonos$31.200.0089.220.00
Suma el Capítulo I$89.220.00

CAPITULO II 

  

Secretaria de Gobierno

Artículo 13. Para comisiones especiales, viáticos y adquisición de determinados elementos$30.000.00
Artículo 14. Para subvencionar campesinos honrados, dotándolos de herramientas agrícolas, semillas y elementos indispensables; para adquisición de materiales de construcción, viviendas, como auxilios a quienes injustamente las hayan perdido, y para auxiliar a quienes sufran accidentes o heridas ocasionadas por prestarles servicios a las autoridades civiles y militares en tareas de mantenimiento del orden200.000.00
Artículo 15. Para subvencionar a Empresas Aéreas que establezcan un vuelo mensual a Puerto Carreño y Mitú por falta de carga de compensación$14.440.00244.440.00
Suma el Capítulo II$244.440.00

CAPITULO III 

  

Secretaria de Educación

Artículo 16. Para dotar de muebles y enseres el edificio del Internado Indígena que va a construir en Puerto Carreño el Instituto de Fomento Municipal$10.000.00
Artículo 17. Para auxilio, construcción Internado Indígena en San José del Guaviare y dotación de muebles escolares30.000.00
Artículo 18. Para ampliación y reparación de escuelas para varones y niñas en la capital de la Comisaria de Arauca30.000.00
Artículo 19. Para auxiliar la adaptación del edificio destinado por la Intendencia del Meta para una Concentración Escolar20.000.00
Artículo 20. Para adquisición de útiles escolares y elementos de deporte para escuela del territorio nacional, Llanos Orientales15.000.00105.000.00
Suma el Capítulo III$105.000.00

CAPITULO IV 

  

Secretaria de Obras Públicas

Artículo 21. Para la compra de los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Compañía Esso Colombiana, S. A., que se encuentra en el Municipio de Orocué50.000.00
Artículo 22. Para estudio y prospectación de obras públicas en el territorio de los Llanos Orientales20.000.00
Artículo 23. Para construcción de un puente sobre el rio Camoa (San Martin)13.000.00
Artículo 24. Para la construcción de la carretera Restrepo-Medina30.000.00
Artículo 25. Para auxiliar la adaptación del edificio para el Hospital de Orocué15.000.00
Artículo 26. Para la terminación y conservación del aeródromo de Orocué6.000.00
Artículo 27. Para auxiliar la construcción del carreteable Tamara-Tablón de Tamara15.000.00
Artículo 28. Para instalación de un pozo artesiano en Hato Corozal5.000.00
Artículo 29. Para adquisición e instalación de aparatos de radiocomunicaciones en Hato Corozal, Nunchia, a $ 10.000.00 cada uno20.000.00
Artículo 30. Para construcción del puente sobre el caño, a la entrada de la ciudad de Arauca25.000.00
Artículo 31. Para la instalación de un pozo artesiano en Tame5.000.00
Artículo 32. Para la adquisición e instalación de aparatos de radiocomunicaciones en Arauquita, Tame Rondon, a $ 10.000.00 cada uno30.000.00
Artículo 33. Para adquisición e instalación de aparatos de radiocomunicaciones en Monfort, San José del Guaviare, Caruru y Miraflores, a $ 10.000.090 cada uno40.000.00274.000.00
Suma el Capítulo IV274.000.00

CAPITULO V 

  

Secretaria de Agricultura y Ganadería

Artículo 34. Para auxiliar las Granjas Agropecuarias en la Intendencia del Meta$20.000.00
Artículo 35. Para auxiliar la Granja Agropecuaria de Orocué15.340.00
Artículo 36. Para auxiliar la Granja Agropecuaria de Arauca15.000.00
Artículo 37. Para auxiliar la granja agropecuaria de Puerto Carreño10.000.00
Artículo 38. Para ampliación de potreros en Mitú y adquisición de ganado vacuno para el mismo lugar20.000.00
Artículo 39. Para potreros y adquisición de ganado vacuno para San José del Guaviare7.000.0087.340.00
Suma el Capítulo V$87.340.00

RESUMEN: 

Capítulo I, Jefatura Civil y Militar$89.220.00
Capítulo II, Secretaria de Gobierno244.440.00
Capítulo III, Secretaria de Educación105.000.00
Capítulo IV, Secretaria de Obras Públicas274.000.00
Capítulo V, Secretaria de Agricultura y Ganadería87.340.00
Total$800.000.00

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 16 de junio de 1952. 

  

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ 

  

El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio Andrade-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Guerra, José María Bernal-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Camilo J. Cabal Cabal-El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.