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DECRETO13921947194704 script var date = new Date(23/04/1947); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO. LXXXII. N. 26413. 28 ABRIL, 1947. PÁG. 2.MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONALPor el cual se modifica una disposición del Decreto 982 de 1947VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO28/04/194728/04/1947264133382

DIARIO OFICIAL. AÑO. LXXXII. N. 26413. 28 ABRIL, 1947. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1392 DE 1947

(abril 23)

Por el cual se modifica una disposición del Decreto 982 de 1947

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

En uso de sus atribuciones legales. 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° El artículo quinto del Decreto 982 de 1947 quedará así: 

  

"Artículo 5° En el caso de venta contemplado por el artículo tercero de este Decreto, el azúcar se enajenará en la estación férrea, puerto o plaza más cercano al ingenio respectivo a los precios que para la plaza más próxima determina la tabla del artículo anterior, menos $ 2.75 por saco, cuota de dicho precio destinada a compensar las pérdidas de importación de azúcar y pagar el transporte promedio en el país." 

  

Parágrafo. Cuando la venta se efectué a favor del I. N. A., se descontará, además la suma de $ 0.40 destinada a sufragar los gastos de distribución y venta de género. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2° Este Decreto regirá desde su publicación en el Diario Oficial. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 18 de abril de 1947. 

  

MARIANO OSPINA PEREZ 

  

El Ministro de la Economía Nacional 

  

Roberto MARULANDA 

  

Digitó: CC1.023.922.646