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DECRETO13851951195106 script var date = new Date(22/06/1951); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVIII. N.27653. 14, JULIO, 1951. PÁG. 5MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESPor el cual se dictan las medidas conducentes a dar cumplimiento a una Resolución de la Asamblea de las Naciones UnidasVigentefalsefalseRelaciones ExterioresfalseDECRETO ORDINARIO14/07/195114/07/1951276531815

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVIII. N.27653. 14, JULIO, 1951. PÁG. 5

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1385 DE 1951

(junio 22)

Por el cual se dictan las medidas conducentes a dar cumplimiento a una Resolución de la Asamblea de las Naciones Unidas

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones legales, y 

  

CONSIDERANDO 

  

que Colombia, como miembro que es de las Naciones Unidas, votó durante la última Asamblea General la Resolución número 500, de 18 de mayo de 1951, por medio de la cual se recomienda el embargo de los materiales estratégicos que puedan favorecer a los Gobiernos de la China comunista y del norte de Corea en su actual guerra de agresión, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. Decrétase la prohibición de exportación de los materiales estratégicos con destino a los Gobiernos de la China comunista v del norte de Corea. 

  


Artículo segundo. Los Ministerios de Hacienda y Fomento al reglamentar este Decreto establecerán una lista de los materiales estratégicos a que se refiere el artículo anterior y señalarán las sanciones que acarree el incumplimiento de la prohibición mencionada. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 22 de junio de 1951. 

  

LAUREANO GOMEZ 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores, Gonzalo Restrepo Jaramillo.- El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo.-El Ministro de Fomento, Manuel Carvajal S.