DECRETO13591995199508 script var date = new Date(14/08/1995); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI. N. 41966. 16, AGOSTO, 1995. PÁG. 7.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOpor el cual se crea la Comisión de Racionalización del Gasto y de las Finanzas Públicas como organismo consultivo y se le asignan algunas funciones.VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO REGLAMENTARIO16/08/199516/08/19954196677

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXI. N. 41966. 16, AGOSTO, 1995. PÁG. 7.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

DECRETO 1359 DE 1995

(agosto 14)

por el cual se crea la Comisión de Racionalización del Gasto y de las Finanzas Públicas como organismo consultivo y se le asignan algunas funciones.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las facultades constitucionales que le confieren los numerales 11, 17 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política y de las legales, en especial la prevista en el artículo 1º del Decreto 1050 de 1968, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º.Créase la Comisión de Racionalización del Gasto y de las Finanzas Públicas, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como organismo consultivo del Gobierno, cuyo objetivo es hacer estudios sobre el actual estado de las finanzas públicas y recomendar algunos correctivos para el adecuado manejo fiscal. 

  


Artículo 2º. En desarrollo de su objetivo, son funciones de la Comisión, creada por este decreto, las siguientes: 

  

a) Proponer un programa de racionalización del Gasto Público y de los servicios del Estado, que incluya aspectos tales como, la eliminación y fusión de órganos públicos y el recorte de sus gastos burocráticos o innecesarios; 

  

b) Hacer el seguimiento de las reducciones del gasto público en su componente de funcionamiento, tanto de la Nación, como de las entidades territoriales; 

  

c) Examinar los actuales desequilibrios fiscales de la Nación, especialmente, con motivo de las transferencias de recursos ordenadas por la nueva Constitución a favor de las entidades territoriales y el lento traslado de competencias y responsabilidades de la Nación a dichas entidades; 

  

d) Recomendar al Gobierno la presentación de proyectos de ley tendientes a armonizar las bases de tributación de la Nación y de las entidades territoriales. Con estos propósitos, la Comisión hará un examen sobre la ejecución de los recaudos tributarios de las entidades territoriales; 

  

e) Hacer recomendaciones al Gobierno sobre la capacidad de endeudamiento del Estado y sobre la magnitud de recursos provenientes de la venta de activos que complementen los ingresos del Estado para la ejecución del "Plan Nacional de Desarrollo y de Inversiones 1995-1998". 

  


Artículo 3º. La Comisión de Racionalización del Gasto y de las Finanzas Públicas estará compuesta por los siguientes miembros: 

  

Luis Fernando Alarcón Mantilla, Rodrigo Llorente Martínez, Mauricio Cabrera Galvis, Gilberto Arango Londoño, Antonio José Urdinola Uribe, César Vallejo Mejía y Eduardo Lora Torres. 

  

Adicionalmente, y con carácter de enlace, por parte del Gobierno Nacional actuarán como miembros de la Comisión el Viceministro de Hacienda y Crédito Público y el Subdirector del Departamento Nacional de Planeación. 

  

La Secretaría Técnica de la Comisión la hará el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a través del funcionario o funcionarios que el Ministro designe para el efecto. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]


Artículo 4º. La Comisión tendrá un término de un año a partir de la vigencia del presente decreto para el cumplimiento de sus funciones y la presentación de las recomendaciones respectivas. 

  

El apoyo administrativo y técnico lo hará el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. 

  


Artículo .El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 14 de agosto de 1995. 

  

ERNESTO SAMPER PIZANO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Guillermo Perry Rubio.