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DECRETO13281947194704 script var date = new Date(18/04/1947); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXII. N. 26410. 24, ABRIL, 1947. PÁG. 2.MINISTERIO DE GOBIERNOpor el cual se prorroga el plazo para la presentación del certificado de identidad personal.VigentefalsefalseInteriorfalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse24/04/194724/04/1947264102742

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXII. N. 26410. 24, ABRIL, 1947. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1328 DE 1947

(abril 18)

por el cual se prorroga el plazo para la presentación del certificado de identidad personal.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Prorrógase hasta el 30 de junio del presente año, el plazo para la presentación del certificado de identidad personal a que se refiere el Decreto 884 de 1944, para los empleados que prestan sus servicios en los Territorios Nacionales. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 18 de abril de 1947. 

  

MARIANO OSPINA PEREZ 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Roberto URDANETA ARBELAEZ 

  

Digitó: CC1.023.922.646