DIARIO OFICIAL. AÑO CXI. N. 34136. 5, agosto, 1974. PÁG. 2.
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DECRETO 1314 DE 1974
(julio 05)
Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas o Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1974. (Ministerio de Salud Pública y Educación Nacional), por $ 77.700.000 y se hace una aclaración.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, faculto al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que él Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento da los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 de los Ministerios de Salud Pública y Educación Nacional por $ 77.700.000;
Que de conformidad Con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número, 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de Disponibilidad correspondiente para financiar los créditos adicionales de qué trata este Decreto; y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1º Adiciónanse los cómputos del presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1974, con la cantidad de setenta y siete millones setecientos mil pesos ($ 77.700.000) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad correspondiente del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS
CAPITULO XII
Recursos del Balance del Tesoro.
| Numeral 117. Utilización de depósitos aplicables a rentas | $ 77.700.000 |
| Suma el recurso | $ 77.700.000 |
Artículo 2º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la Vigencia fiscal de 1974;
| PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Salud Pública.
CAPITULO 224
Servicios Seccionales de Salud.
Programa 224.
Aportes para el Desarrollo Regional en Salubridad Pública.
203.352.412. Artículo 2327. Departamento de Antioquia | $ 10.000.000 | |
| Ordinal 15. Medellín: Hospital San Vicente de Paúl | $ 10.000.000 | |
| PRESUPUESTO DE INVERSIÓN
Ministerio de Educación Nacional,
CAPITULO 637
Instituto Colombiano Para el Fomento de la Educación Superior
Programa 638.
Fomento de la Educación Superior.
588.314. Artículo 6395. Aportes a Universidades | $ 64.500.000 | |
| Proyectos. 1. Universidad del Atlántico | 1.000.000 | |
| 2. Universidad de Cartagena | 2.000.000 | |
| 3. Universidad de Córdoba | 1.500.000 | |
| 4. Universidad Tecnológica del Magdalena | 500.00 | |
| 5. Universidad Nacional de Caldas | 2.000.000 | |
| 6. Universidad Tecnológica de Pereira | 1.500.000 | |
| 7. Universidad del Quindío | $ 500.000 | |
| 8. Universidad del Tolima | 3.000.000 | |
| 10. Universidad Industrial de Santander | 4.000.000 | |
| 11. Universidad de Pamplona | 1.000.000 | |
| 12. Universidad Francisco de Paula Santander | 500.000 | |
| 16. Universidad de Antioquia | 18.000.000 | |
| 18. Universidad del Valle | 18.000.000 | |
| 20. Universidad de Nariño | 1.000.000 | |
| 21. Universidad Nacional del Cauca | 2.500.000 | |
| 22. Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia | 4.500.000 | |
| 23. Universidad Pedagógica Nacional | 2.500.000 | |
| 33. Universidad Distrital Francisco José de Caldas | 500.000 | |
| CAPITULO 640.
Instituto Colombiano de Cultura
Programa 641
Desarrollo Cultural.
588.317. Artículo 6459. Construcción y mantenimiento, edificios de Instituciones culturales | 3.000.000 | |
| Proyecto 1. Teatro Colón | $ 3.000.000 | |
| CAPITULO 645
Despacho del Ministro.
Programa 646
Aportes para el Desarrollo Regional de la Educación y la Cultura.
Subprograma 2. Aportes para obras de construcción reconstrucción y dotación de establecimientos de Educación Media y Normalista.
609.313. Artículo 6522. Departamento de Cundinamarca | $ 100.000 | |
| Proyecto 37. Sopó: Para adquisición local Colegio Cooperativo | $ 100.000 | |
| Subprograma 4. Aportes para divulgación cultural y obras varias.
609.317. Artículo 6561. Departamento de Cundinamarca | $ 100.000 | |
| Proyecto 10. Bogotá: Obras socioeducativas de la Parroquia de la Sagrada Eucarística barrio "La Esmeralda", para la construcción del templo | 100.000 | |
| Suman los créditos adicionales | $ 77.700.000 | |
Artículo 3º Se aclara que el producto del Decreto de Distribución número 1999 de 1972, es para la construcción del Acueducto y Alcantarillado de Puerto Berrio (Antioquia).
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 5 de julio de 1974.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría Vélez.