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DECRETO13131974197407 script var date = new Date(05/07/1974); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXI. N. 34136. 5, agosto, 1974. PÁG. 2.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de (Ministerio de Educación Nacional) por $ 3.852.270 y se hace una aclaración.VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO05/08/197405/07/1974341362782

DIARIO OFICIAL. AÑO CXI. N. 34136. 5, agosto, 1974. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1313 DE 1974

(julio 05)

Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de (Ministerio de Educación Nacional) por $ 3.852.270 y se hace una aclaración.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales; y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que por medio del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, se autorizó al Gobierno Nacional, para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974; con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito. 

  

Que el Ministerio de Educación Nacional, por medio de la Resolución número 3564 de 1974, declaró sobrante la cantidad de $ 3.852.270 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974; con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo Presupuesto. 

  

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo, del Decreto-ley número 294 de 1973; el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y disponibilidad número 30 de 1974 por $ 3.852.270 para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decretó, y 

  

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios, 

  

DECRETA 

  


Artículo 1º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la videncia fiscal de 1974. 

  

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 

  

Contracréditos 

  

CAPITULO 270 

  

Gabinete del Ministro, 

  

Programa 270. 

  

Dirección Superior. 

  

Gastos Generales. 

106.111.211. Artículo 2710. Materiales y suministros25.000
106.111.213. Artículo 2711. Impresos y publicaciones450.000
Transferencias.

205.311.412. Artículo 2728. Gastos de funcionamiento de planteles de educación media nacionalizados en zonas fronterizas 

$ 1.557.026
CAPITULO 273

Dirección General de Administración Educativa. 

  

Programa 273. 

  

Administración Educativa. 

  

Servicios Personales. 

  

101.311.103. Artículo 2756. Sueldos diferencia de escalafón 

570.244
102.311.127. Artículo 2759. Auxilio de transporte150.000
CAPITULO 274

División de Planteles Nacionales. 

  

Programa 274. 

  

Educación Elemental. 

  

Subprograma 1. Enseñanza Preescolar. 

  

Gastos Generales. 

  

106.312.211. Artículo 2783. Materiales y suministros 

$ 800.000
CAPITULO 279

División de Educación de Adultos 

  

Programa 281. 

  

Educación de Adultos. 

  

Gastos Generales. 

  

106.317.211. Artículo 3013. Materiales y suministros 

$ 100.000
106.317.213. Artículo 3014. Impresos y publicaciones200.000
Suman los contra réditos$ 3.852.270
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Créditos. 

  

Ministerio de Educación Nacional. 

  

CAPITULO 270 

  

Gabinete del Ministro. 

  

Programa 270 

  

Dirección Superior. 

  

Servicios Personales. 

  

101.111.103. Artículo 2701. Sueldos del personal de nómina 

$ 1.590.160
102.111.117 Artículo 2704. Prima de Navidad198.770
CAPITULO 271

Oficina de Inspección y Evaluación Educativa. 

  

Programa 271. 

  

Inspección Educativa. 

  

Servicios Personales. 

  

101.311.103, Artículo 2736: Sueldos del personal de nómina 

$ 187.280
102.311.117. Artículo 2738. Prima de Navidad23.410
CAPITULO 273

Dirección General de Administración Educativa 

  

Programa 273 

  

Administración Educativa. 

  

Servicios Personales. 

  

101.311.103. Artículo 2755. Sueldos del personal de nómina 

1.042.000
102.311.117. Artículo 2758. Prima de Navidad130.250
CAPITULO 274

División de Planteles Nacionales. 

  

Programa 275. 

  

Educación Media. 

  

Subprograma 9. Junta Central de Contadores. 

  

Servicios Personales. 

  

101.319.103. Artículo 2914. Sueldos del personal de nómina 

$ 33.760
102.319.117. Artículo 2916. Prima de Navidad$ 4.220
CAPITULO 275

Dirección General de Servicios Educativos. 

  

Programa 277. 

  

Servicios Educativos. 

  

Subprograma 1. Dirección y Control. 

  

Servicios Personales. 

  

101.311.103. Artículo 2946. Sueldos del personal de nómina 

162.880
102.311.117. Artículo 2948. Prima de Navidad20.360
Subprograma 2. Promociones de Colegios

Cooperativos. 

  

Servicios Personales. 

  

101.313.103. Artículo 2963. Sueldos del personal de nómina 

178.720
102.313. 117. Artículo 2965. Primas de Navidad22.340
CAPITULO 277

División de Radio y Televisión Educativas 

  

Programa 279. 

  

Radio y Televisión Educativas 

  

Servicios Personales. 

  

101.319.103. Artículo 2983. Sueldos del personal de nómina 

$ 62.480
102.319.117. Artículo 2986. Prima de Navidad7.810
CAPITULO 279

División de Educación de Adultos. 

  

Programa 281. 

  

Educación de Adultos. 

  

Subprograma 1. Dirección y Control. 

  

Servicios Personales. 

  

101.317.103. Artículo 3005. Sueldos del personal y nómina 

$ 109.120
102.317.117. Artículo 3007. Prima de Navidad13.640
CAPITULO 280

División de Educación Especial. 

  

Programa 282. 

  

Educación Especial. 

  

Servicios Personales. 

  

101.317.103. Artículo 3020. Sueldos del personal de nómina 

$ 57.840
102.317.117. Artículo 3022. Prima de Navidad7.230
Suman los créditos$ 3.852.230

Artículo 2º Se aclara que el crédito a las rentas del Decreto número 1180 de 1974 corresponde a la vigencia fiscal de 1974 y no como allí se dijo. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 5 de julio de 1974. 

  

MISAEL PASTRANA BORRERO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría Vélez.