Lectura de documento:

Curso SUIN-Juriscol


Inscripciones abiertas

Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad

Inscripciones abiertas

Curso Calidad Normativa


Inscripciones abiertas
DECRETO12381907190710 script var date = new Date(07/10/1907); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLIII. N. 13095. 22, OCTUBRE, 1907. PÁG. 2.MINISTERIO DE HACIENDA Y TESOROPor el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de 1907VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO22/10/190722/10/19071309510422

DIARIO OFICIAL. AÑO XLIII. N. 13095. 22, OCTUBRE, 1907. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1238 DE 1907

(octubre 07)

Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de 1907

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

En uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA 

  


Artículo 1°. Trasládanse en el presupuesto de gastos 1907 las siguientes partidas deducidas de las imputaciones respectivas: 

 


Artículo 2.° Las partidas que se trasladan tendrán las siguientes imputaciones: 

 

 

 

 

Paragrafo. Las oficinas ordenatorias y pagadoras verificaran en sus libros las aciones a que da lugar el presente Decreto. 

  

Publiquese. 

  

Dado en Bogotá, á 7 de Octubre de 1907. 

  

R. REYES. 

  

El Ministro de Hacienda y Tesoro, 

  

TOBIAS VALENZUELA.