DIARIO OFICIAL. AÑO XLIII. N. 13095. 22, OCTUBRE, 1907. PÁG. 2.
ÍNDICE [Mostrar] |
DECRETO 1238 DE 1907
(octubre 07)
Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de 1907
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA
Artículo 1°. Trasládanse en el presupuesto de gastos 1907 las siguientes partidas deducidas de las imputaciones respectivas:
Artículo 2.° Las partidas que se trasladan tendrán las siguientes imputaciones:
Paragrafo. Las oficinas ordenatorias y pagadoras verificaran en sus libros las aciones a que da lugar el presente Decreto.
Publiquese.
Dado en Bogotá, á 7 de Octubre de 1907.
R. REYES.
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
TOBIAS VALENZUELA.