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DECRETO12341940194006 script var date = new Date(28/06/1940); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVI. N. 24405. 5, JULIO, 1940. PÁG. 7.MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONALPor el cual se amplían unos plazosVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO05/07/194005/07/194024405557

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVI. N. 24405. 5, JULIO, 1940. PÁG. 7.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1234 DE 1940

(junio 28)

Por el cual se amplían unos plazos

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Amplíanse los plazos señalados para las inscripciones en los Directorios de la Industria Manufacturera y de Exportadores, de que tratan los Decretos números 418 y 419 de 1940, hasta el 15 de agosto del año en curso. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 28 de junio de 1940. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de la Economía Nacional, 

  

Miguel LOPEZ PUMAREJO