DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXII. N. 26408. 22, ABRIL, 1947. PÁG. 2.
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DECRETO 1226 DE 1947
(abril 12)
por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Obras Públicas).
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
(Ministerio de (Obras Públicas)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 11 de abril del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
| MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS | |
| Capítulo 98. | |
| Del artículo 1950. Para gastos de conservación y de adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, inclusive la de Cali a Buenaventura, según distribución que hará el Gobierno | $ 573.05 |
| Capítulo 102. | |
| Del artículo 2143. Para gastos de conservación y reparación de los edificios de propiedad nacional o en servicio oficial, de fuera de la capital de la República, en el año | 4.815.26 |
| Suman los contracréditos | $ 5.388.31 |
| Capítulo 108. | |
| Al artículo 2244. Para el pago de cuentas pendientes de vigencias anteriores | $ 5.388.31 |
| Suman los créditos | $ 5.388.31 |
Dado en Bogotá a 12 de abril de 1947.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de Obras Públicas,
Darío BOTERO ISAZA
Digitó: CC1.023.922.646