DIARIO OFICIAL. AÑO CX. N. 34138, 8, AGOSTO 1974, PAG. 3
DECRETO 1213 DE 1974
(junio 27)
Por el cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1974 (Ministerio de Justicia), por $ 31.398.198.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que el numeral 1º del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos, inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y él normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social, abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, del Ministerio de Justicia, por $ 31.598.190.00;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de disponibilidad correspondiente para amparar los créditos adicionales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1º Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1974, con la cantidad de treinta y un millones quinientos noventa y ocho mil ciento noventa pesos ($ 31.598.190) moneda legal, que, con base en el certificado de disponibilidad correspondiente, expedido por el Contralor General de la República, .se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS
Capítulo XII
Recursos del balance del Tesoro
Numeral 110. Superávit fiscal de 1973 $ 31.598.190
Suma el recurso 31.598.190
Artículo 2º Con base en recurso de que trato e l articulo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Ministerio de Justicia
Capítulo 120
Despacho del Ministro
Programa 120
Dirección y Administración
Servicios Personales
101.111.103 Artículo 1251. Sueldos del personal de nómina $ 1.620.000
Capítulo 121
División de Medicina Legal e Investigaciones Forenses
Programa 121
Medicina Legal e Investigaciones Forenses
Servicios Personales
101.111.103 Artículo 1268. Sueldos del personal de nómina 1.352.280
Capítulo 122
División General de Prisiones
Programa 122
Funcionamiento de Establecimientos Penales
Servicios Personales
101.135.103 Artículo 1277. Sueldos del personal de nómina 26.698.710
Capítulo 123
Comisarías de Policía Judicial
Programa 123
Comisarías de Policía Judicial
Servicios Personales
101.134.103 Artículo 1295. Sueldos del personal de nómina 1.927.200
Suman los créditos adicionales $ 31.598.190
Comuniquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 27 de junio de 1974.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría Vélez.