DIARIO OFICIAL. AÑO XLIII. N. 13081. 5, OCTUBRE, 1907. PÁG. 3.
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DECRETO 1189 DE 1907
(septiembre 24)
Por el cual se adscribe al Ministerio de Hacienda y Tesoro el Ramo de inspección de la navegación fluvial
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de Ministros en sesión del día 12 del mes en curso, teniendo en cuenta que por el Ministerio de Obras Públicas se ha organizado y reglamentado la inspección de las empresas de navegación fluvial conforme á la Ley 4 de 1907, dispuso que se adscribiera al Ministerio de Hacienda y Tesoro este Ramo del servicio público, en que sólo queda por hacer la administración y recaudación de la renta,
DECRETA:
Artículo único. Adscribese al Ministerio de Hacienda y Tesoro, Sección de Aduanas, el Ramo de inspección de la navegación fluvial de que tratan la Ley 4 de 1907 y el Decreto ejecutivo número 899 del año en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Juntas de Apulo, á 24 de Septiembre de 1907.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
tobias VALENZUELA