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DECRETO11841950195004 script var date = new Date(05/04/1950); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVI. N. 27307. 9, MAYO, 1950. PÁG. 13.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSPor el cual se adscriben unas funcionesVigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalseDECRETO ORDINARIO09/05/195009/05/19502730750913

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVI. N. 27307. 9, MAYO, 1950. PÁG. 13.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1184 DE 1950

(abril 05)

Por el cual se adscriben unas funciones

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

decreta : 

  


Artículo único. A partir de la fecha del presente Decreto, el Abogado Jefe de la Sección Jurídica del Ministerio de Correos y Telégrafos queda investido de las atribuciones conferidas a los Visitadores, Generales de Correos y Telégrafos para toda investigación o visita que se le confiera en resolución del Ministerio en mención. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 5 de abril de 1950. 

  

MARIANO OSPINA PEREZ 

  

El Ministro de Correos y Telégrafos, 

  

General Gustavo ROJAS PINILLA.