DIARIO OFICIAL. AÑO XLIII. N. 13082, 07, OCTUBRE, 1907. PÁG. 1
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DECRETO 1155 DE 1907
(septiembre 21)
Se refiere a los contrabandistas que cumplen su pena en la Colonia penal de Mocoa
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia
CONSIDERANDO:
Que por reciente disposición del Gobierno se suprimió la Colonia penal de Mocoa, en donde algunos defraudadores de las rentas públicas cumplían las penas a que fueron condenados por la autoridad competente,
decreta:
Artículo único. Los defraudadores que Se hallaban sufriendo pena en la Colonia penal de Mocoa al tiempo de la supresión de ésta acabarán de cumplir el tiempo de su condena en el establecimiento de castigo que designe el Gobernador de Nariño, quien podrá emplear su trabajo personal en las obras públicas que se ejecuten en el territorio de ese Departamento.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Juntas de Apulo, á 21 de Septiembre de 1907.
R. REYES
El Subsecretario de Gobierno encargado del Despacho,
Luciano Herrera