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DECRETO11541912191212 script var date = new Date(30/12/1912); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLIX. N.14788 9, ENERO, 1913. PÁG.3MINISTERIO DE GUERRAPor el cual se modifica el Decreto número 942 de 8 de octubre de 1912VigentefalsefalseDefensa NacionalfalseDECRETO ORDINARIO09/01/191309/01/191314788433

DIARIO OFICIAL. AÑO XLIX. N.14788 9, ENERO, 1913. PÁG.3

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1154 DE 1912

(diciembre 30)

Por el cual se modifica el Decreto número 942 de 8 de octubre de 1912

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1.° Transfiérese el desacuartelamiento de los conscriptos para el di a 5 del mes de febrero del año de 1913. 

  


Artículo 2.° Autorízase a los Comandos Superiores de las Divisiones para dictar las providencias necesarias a fin de que el nuevo contingente llegue en oportunidad para el reemplazo de los individuos que han prestado el servicio militar en el segundo semestre de 1912. 

  


Artículo 3.° Queda en estos términos modificado el Decreto número 942, de fecha 8 de octubre de 1912. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 30 de diciembre de 1912. 

  

CARLOS E. RESTREPO. 

  

El Ministro de Guerra, 

  

jose manuel ARANGO.