DIARIO OFICIAL. AÑO XLIX. N. 14868. 16, ABRIL, 1913. PÁG. 3.
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DECRETO 1106 DE 1912
(diciembre 19)
Por el cual se reglamenta la Ley 44 de 1912
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta :
Artículo 1.° Las sesenta (60) becas que sostiene la Nación en la Escuela de Artes y Oficios del Instituto Salesiano se distribuyen entre los Departamentos de la República, de la manera siguiente :
| Antioquia | 6 |
| Atlántico | 3 |
| Bolívar | 4 |
| Boyacá | 6 |
| Caldas | 4 |
| Cauca | 3 |
| Cundinamarca | 6 |
| Huila | 3 |
| Magdalena | 3 |
| Nariño | 4 |
| Norte de Santander | 4 |
| Santander | 5 |
| Tolima | 5 |
| Valle | 4 |
Artículo 2.° El Ministerio de Instrucción Pública, al hacer las adjudicaciones entre los Departamentos, seguirá el orden de prelación alfabético, consultando cuáles tienen ya representación entre los becados.
Artículo 3.° Es entendido que la distribución de que trata el presente Decreto no podrá hacerse sino a medida que se vayan presentando nuevas vacantes, porque las becas ya adjudicadas constituyen un derecho adquirido por los agraciados.
Artículo 4.° El Ministerio de Instrucción Pública comunicará oportunamente a los Gobernadores qué número de becas pueden adjudicar, para que hagan las designaciones ciñéndose a lo dispuesto en el Decreto 161, de 2 de febrero de 1912.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de diciembre de 1912.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Instrucción Pública,
c. CUERVO MARQUEZ