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DECRETO11041912191212 script var date = new Date(12/12/1912); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLVIII. N. 14777 20, DICIEMBRE, 1912. PÁG. 1MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se concede una franquicia telegráficaVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO24/12/191224/12/19121477713211

DIARIO OFICIAL. AÑO XLVIII. N. 14777 20, DICIEMBRE, 1912. PÁG. 1

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 1104 DE 1912

(diciembre 12)

Por el cual se concede una franquicia telegráfica

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

decreta

  


En los términos generales del Decreto número 880 de 1911, y con la limitación de cincuenta palabras, concédese franquicia telegráfica al señor Presidente de la Comisión Legislativa, para los asuntos oficiales urgentes de aquella Comisión. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 19 de diciembre de 1912, 

  

CARLOS E. RESTREPO 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

pedro m. CARREÑO