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DECRETO10371904190412 script var date = new Date(27/12/1904); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLI. N. 12249, 3, ENERO 1905, PAG. 1MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se concede una franquicia telegráficaVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO03/01/190503/01/19051224951

DIARIO OFICIAL. AÑO XLI. N. 12249, 3, ENERO 1905, PAG. 1

DECRETO 1037 DE 1904

(diciembre 27)

Por el cual se concede una franquicia telegráfica

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

En uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Concédese franquicia telegráfica por las líneas de la República á los Jefes de Estado Mayor Divisionarios, para los asuntos urgentes del servicio y con la concisión que para tales casos debe emplearse. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, á 27 de Diciembre de 1904. 

  

R. REYES 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

BONIFACIO VELEZ