DECRETO10201967196706 script var date = new Date(01/06/1967); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CIV. N. 32245. 16, JUNIO, 1967. PÁG 2.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se otorgan unos auxilios á unas entidades deportivasVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse16/06/196701/06/1967322455622

DIARIO OFICIAL. AÑO CIV. N. 32245. 16, JUNIO, 1967. PÁG 2.

DECRETO 1020 DE 1967

(junio 01)

Por el cual se otorgan unos auxilios á unas entidades deportivas

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y 

CONSIDERANDO: 

Que el Gobierno Nacional está interesado en una campaña de difusión y desarrollo del deporte, y 

Que en el Presupuesto Nacional, anualmente se apropia una partida para "pago a particulares y organismos privados", cuya finalidad principal es el desarrollo de campañas de la Educación Física, asistencia técnica y aporte económico a las asociaciones deportivas debidamente organizadas y que se sometan a las disposiciones legales vigentes sobre el particular, 

DECRETA: 


Artículo primero. De la partida apropiada en el Capítulo 702, artículo 7231 del Presupuesto Nacional vigente, asígnase la suma de trescientos cincuenta mil pesos ($350.000,00) moneda corriente, para los gastos que demande el sostenimiento de las entidades deportivas, de acuerdo con la relación siguiente: 

Como aporte del Gobierno Nacional para los gastos que demande la celebración de la XVII Vuelta a Colombia en Bicicleta, bajo el control y dirección de la Asociación Colombiana de Ciclismo 100.000.00
Para atender a los gastos que demande la preparación, organización y desarrollo de los Juegos Intercolegiales en Bogotá, dirigidos por la Sección de Educación Física del Ministerio de Educación, a nivel de enseñanza media 50.000.00
Para atender a los gastos que demande la organización y realización de la Asamblea Nacional del Deporte, con sede en Bogotá 1.500.00
Como aporte para los gastos que demande la organización y realización de Reunión de Directores de Educación Física Departamentales a realizarse en la ciudad de Bogotá 1.500.00
Para atender a los gastos qué demande la preparación y desarrollo del Curso de Recreación para Profesores a nivel de enseñanza primaria y medía, que se realizará en la ciudad de Bogotá 5.000.00
Para atender al pago de los gastos ocasionados con la realización y organización del Curso para Profesores de Educación Física en Escuelas Normales a realizarse en Bogotá 5.000.00
Para atender al pago de los gastos que demande la realización y organización del Curso para Profesores de Danzas Folclóricas a realizarse en Bogotá 1.000.00
Para atender a los gastos que demande la organización y realización del II Congreso Nacional de Educación Física con sede en Bogotá 10.000.00
Para atender a los gastos que demande la realización y organización del Curso de perfeccionamiento y tecnificación de los Profesores de Educación Física del país 12.000.00
Para atender a los gastos que ocasione el Curso para Profesores de Educación Física de las Fuerzas Armadas y Universidades 674.00
Para atender a los gastos que demande la realización y organización del Curso de Capacitación para profesores no graduados de las ciudades de Pasto, Cali y Cúcuta 3.900.00
Para atender a los gastos que ocasione el Curso de interpretación de los programas de Educación Física en primaria, para los alumnos de V y VI de Normal, con el fin de preparar profesores idóneos en la materia 20.000.00
Para atender a los gastos que demande el Curso de Arbitraje para Fútbol sobre las nuevas técnicas y el reglamento de dicho deporte 1.000.00
Para atender a los gastos que ocasione el arbitraje, trofeos, medallas del IV Campeonato Nacional Intercolegial de Atletismo por correspondencia 2.000.00
Para atender a los gastos que demande la realización del Campeonato Nacional de Gimnasia Femenina y Masculina en el país 20.000.00
Para atender a los gastos de alojamiento, alimentación, transporte, arbitraje, trofeos, medallas y demás, gastos del Campeonato Nacional de Basquetbol Femenino y Masculino con sede en Bogotá 60.000.00
Para atender a los gastos que ocasione la organización del desfile del "Día de la Juventud Colombiana", dirigido por la Sección de Educación Física del Ministerio de Educación 2.000.00
Para los gastos que ocasione la organización y realización del X Festival Atlético Obrero 5.000.00
Para atender los gastos que demande las presentaciones de bailes folclóricos, dirigidos por la Sección de Educación Física del Ministerio de Educación, como parte importante de la recreación de los barrios populares 10.000.00

Como aporte para los gastos que demande el sostenimiento y pago de afiliaciones internacionales de las asociaciones deportivas, de acuerdo con la relación siguiente: 

Asociación Colombiana de Atletismo 3.586.00
Asociación Colombiana de Basquetbol 3.584.00
Asociación Colombiana de Ecuestres 3.584.00
Asociación Colombiana de Esgrima 3.584.00
Asociación Colombiana de Gimnasia 3.584.00
Asociación Colombiana de Levantamiento de Pesas 3.584.00
Asociación Colombiana de Lucha 3.584.00
Asociación Colombiana de Natación 3.584.00
Asociación Colombiana de Tennis de Mesa 3.584.00
Asociación Colombiana de Volibol 3.584.00
Asociación Colombiana de Recreación 3.584.00
Total $ 350.000.00

Artículo segundo. La partida para la Vuelta a Colombia será girada al Tesorero de la Asociación Colombiana de Ciclismo, las partidas para las Asociaciones serán giradas al Tesorero del Comité Olímpico Colombiano, quien hará entrega a las siguientes asociaciones, de acuerdo con la distribución del presente Decreto, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por .la Contraloría General de la República y el visto bueno dé la Sección Nacional de Educación Física del Ministerio de Educación. 


Artículo tercero. Las partidas para los Juegos Intercolegiales, Asamblea Nacional del Deporte, Reunión de Directores de Educación Física Departamentales, Curso de Recreación, Curso para Profesores de Educación Física de las Escuelas Normales, Curso de Danzas Folclóricas, II Congreso Nacional de Educación Física, Curso de perfeccionamiento para Profesores de Educación Física del país, Curso para Profesores, de Educación Física de las Fuerzas Armadas y Universidades, Curso para Profesores no graduados de las ciudades de Pasto, Cali y Cúcuta, Curso para los alumnos de V y VI de Normal, Curso de Arbitraje para fútbol, para IV Campeonato Nacional Intercolegial de Atletismo por Correspondencia, para el Campeonato Nacional de Gimnasia, para el Campeonato Nacional de Basquetbol, para el desfile del "Día de la Juventud Colombiana", para el X Festival Atlético Obrero y para los Bailes Folclóricos, serán giradas a la Pagadora del Instituto Femenino de Cultura Popular, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Contraloría General de la República, y el visto bueno de la Sección Nacional de Educación Física del Ministerio de. Educación. 


Artículo cuarto. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

Comuníquese y cúmplase. 

Dado en Bogotá, D. E., a 1° de junio de 1967. 

CARLOS LLERAS RESTREPO 

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. El Ministro de Educación Nacional, Gabriel Betancur Mejía.