DIARIO OFICIAL. AÑO XL. N. 12245. 28, DICIEMBRE, 1904. PÁG. 4.
DECRETO 1006 DE 1904
(diciembre 20)
Por el cual se dicta la primera liquidación del Presupuesto de Gastos del bienio de 1903 y 1904
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que dé acuerdo con los artículos 5.° y 6.° de la Ley 41 de 1896, por la cual se dan varias autorizaciones al Gobierno, relativas á la construcción del Ferrocarril de Buenaventura á Manizales, el Ministerio de Hacienda ha fijado la cuantía del crédito implícito respectivo en $ 245,000 en oro para la vigencia en curso,
decreta:
Artículo único. Adiciónase la primera liquidación del Presupuesto de Gastos del bienio de 1903 y 1904, con la cantidad de $ 245,000, que llevarán la siguiente imputación:
MINISTERIO DE HACIENDA
departamento de fomento
Capítulo 34
Vías de comunicación y otros gasto de fomento.
Art. 243-A. Para dar cumplimiento á la Ley 41 De 1896, por la Cual se dan varias autorizaciones al Gobierno, relativas á la construcción del Ferrocarril de Buenaventura á Manizales | $ 245,000 |
Suma | $ 245,000 |
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 20 de Diciembre de 1904
r. REYES
El Ministro del Tesoro,
guillermo TORRES