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DECRETO10061904190412 script var date = new Date(20/12/1904); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XL. N. 12245. 28, DICIEMBRE, 1904. PÁG. 4.MINISTERIO DEL TESOROPor el cual se dicta la primera liquidación del Presupuesto de Gastos del bienio de 1903 y 1904VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO REGLAMENTARIO28/12/190528/12/19051224510924

DIARIO OFICIAL. AÑO XL. N. 12245. 28, DICIEMBRE, 1904. PÁG. 4.

DECRETO 1006 DE 1904

(diciembre 20)

Por el cual se dicta la primera liquidación del Presupuesto de Gastos del bienio de 1903 y 1904

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

En uso de sus facultades legales, y 

  

considerando: 

  

Que dé acuerdo con los artículos 5.° y 6.° de la Ley 41 de 1896, por la cual se dan varias autorizaciones al Gobierno, relativas á la construcción del Ferrocarril de Buenaventura á Manizales, el Ministerio de Hacienda ha fijado la cuantía del crédito implícito respectivo en $ 245,000 en oro para la vigencia en curso, 

  

decreta: 

  


Artículo único. Adiciónase la primera liquidación del Presupuesto de Gastos del bienio de 1903 y 1904, con la cantidad de $ 245,000, que llevarán la siguiente imputación: 

  

MINISTERIO DE HACIENDA 

  

departamento de fomento 

  

Capítulo 34 

  

Vías de comunicación y otros gasto de fomento. 

Art. 243-A. Para dar cumplimiento á la Ley 41 De 1896, por la Cual se dan varias autorizaciones al Gobierno, relativas á la construcción del Ferrocarril de Buenaventura á Manizales$ 245,000
Suma$ 245,000

Publíquese. 

  

Dado en Bogotá, á 20 de Diciembre de 1904 

  

r. REYES 

  

El Ministro del Tesoro, 

  

guillermo TORRES