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DECRETO9531912191210 script var date = new Date(14/10/1912); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLVIII. N. 14723. 21, OCTUBRE, 1912. PÁG. 1MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se reconocen unas excedenciasVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO21/10/191221/10/1912147238331

DIARIO OFICIAL. AÑO XLVIII. N. 14723. 21, OCTUBRE, 1912. PÁG. 1

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 953 DE 1912

(octubre 14)

Por el cual se reconocen unas excedencias

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República, de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales y 

  

considerando 

  

que la Agencia Postal de Cartagena y la Administración Principal de Correos, de Tunja han hecho algunos gastos en útiles para el servicio que tienen adscrito, y que es preciso hacer el reconocimiento del caso, una vez que las partidas que tienen asignadas mensualmente esas Oficinas para útiles de escritorio no alcanzan para satisfacer sus necesidades. 

  

decreta: 

  


Artículo 1.° Reconócense las sumas de quinientos quince pesos cincuenta y cinco centavos ($ 515-55) y veintitrés pesos sesenta y tres centavos ($23-63), respectivamente» que la Agencia Postal de Cartagena y la Administración Principal de Correos de Tunja han invertido en excedencias de material. 

  


Artículo 2.° Fíjanse en ochenta pesos ($80) y en quince pesos ($ 15), respectivamente, las partidas de que pueden disponer para útiles de escritorio mensualmente la Agencia Postal y la Administración Principal de Correos citadas, desde el día primero de los corrientes. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 14 de octubre de 1912. 

  

CARLOS E. RESTREPO. 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

pedro m. CARREÑO.