DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVI. N. 24366. 18, MAYO, 1940. PÁG. 4.
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DECRETO 920 DE 1940
(mayo 13)
Por el cual se autoriza un gasto
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que los señores Roberto Hernández Restrepo, Pedro A. Suárez y Pablo Herrera, delegados de los propietarios de lanchas, viajaron en diciembre de 1939, de Puerto Berrio a Bogotá, a insinuación del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, con el objeto de estudiar con los respectivos funcionarios de dicho Despacho el conflicto de trabajo surgido entre los Sindicatos de lancheros de La Dorada, Puerto Berrío y Barrancabermeja y los propietarios de lanchas,
DECRETA:
Artículo 1º Reconócese a los señores arriba mencionados el valor de los pasajes de Puerto Berrio a Bogotá y regreso, y gastos de hotel, por el motivo indicado, así:
| Al señor Roberto Hernández R | $ | 99.60 |
| Al señor Pedro A. Suárez | 67.77 | |
| AI señor Pablo Herrera | 76.00 |
Artículo 2º El gasto de que trata el artículo anterior se atenderá por medio de orden de pago a favor de las Compañías Unidas de Transportes y Comisiones, a cuyo favor endosaron los citados señores las cuentas de cobro correspondientes, y se imputarán al capítulo 42, articulo 516 del Presupuesto vigente.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 13 de mayo de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
José Joaquín CAICEDO CASTILLA