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DECRETO9121967196705 script var date = new Date(17/05/1967); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CIV. N. 32236. 6, JUNIO, 1967. PÁG. 6.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se cancela una partida y se hace una distribución parcial de la partida destinada al sostenimiento de becas nacionalesVigentefalsefalseEducación NacionalfalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse06/06/196717/05/1967322364706

DIARIO OFICIAL. AÑO CIV. N. 32236. 6, JUNIO, 1967. PÁG. 6.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 912 DE 1967

(mayo 17)

Por el cual se cancela una partida y se hace una distribución parcial de la partida destinada al sostenimiento de becas nacionales

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, 

DECRETA: 


Artículo primero De la partida distribuida en el Decretó número 285 de 1967 para becas nacionales en diversos establecimientos del país, hácese la siguiente cancelación: 

En días (10) meses, de febrero a noviembre:
Mensual Total
27 becas en el Escuela Industrial de Santa Rosa de Cabal, a $ 120.00 mensuales cada una $ 3.240.00 32.400.00
Total $ 32.400.00

  


Artículo segundo. De la partida apropiada en el Capítulo 702, artículo 7034 del Presupuesto Nacional vigente para el sostenimiento de becas nacionales en diversos planteles del país, hácese la siguiente distribución parcial: 

En días (10) meses, de febrero a noviembre:
Mensual Total
27 becas en el Instituto Técnico Superior de Pereira, a $ 120.00 mensuales cada una $ 3.240.00 32.400.00
Total $ 32.400.00

Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. 

Comuníquese y cúmplase. 

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de mayo de 1967. 

CARLOS LLERAS RESTREPO 

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. El Ministro de Educación Nacional, Gabriel Betancur Mejía.