DECRETO8931958195805 script var date = new Date(22/05/1958); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCV. N. 29692. 19, JUNIO, 1958. PÁG. 6.MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIAQue autoriza unas importacionesVigentefalsefalseAgricultura y Desarrollo RuralfalseDECRETO ORDINARIO19/06/195819/06/1958296928146

DIARIO OFICIAL. AÑO XCV. N. 29692. 19, JUNIO, 1958. PÁG. 6.

DECRETO 893 DE 1958

(mayo 22)

Que autoriza unas importaciones

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia, 

  

En uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Autorízase al Instituto Nacional de Abastecimientos "Ina", para llevar a cabo la importación, con exención de derechos de aduana, de impuestos de giros de depósito previo y de la cuota de fomento y defensa del trigo nacional de que trata el artículo 3° del Decreto 3078 de 1954, de los siguientes productos: 

  

60.000 tone1adas de trigo. 

  

15.000 toneladas de harina de trigo y sémolas. 

  

1.000 toneladas de productos lácteos. 

  

15.000 toneladas de aceites comestibles. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de mayo de 1958. 

  

Mayor General GABRIEL PARÍS G., 

  

Presidente de la Junta. 

  

Mayor General Deogracias Fonseca. -Vicealmirante Rubén Piedrahita Arango. -Brigadier General Rafael Navas Pardo. -Brigadier General Luis E. Ordóñez. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Jesús María Marulanda. 

  

El Ministro de Agricultura, 

  

Jorge Mejía Salazar.