DIARIO OFICIAL. AÑO XCV. N. 29692. 19, JUNIO, 1958. PÁG. 6.
DECRETO 893 DE 1958
(mayo 22)
Que autoriza unas importaciones
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Autorízase al Instituto Nacional de Abastecimientos "Ina", para llevar a cabo la importación, con exención de derechos de aduana, de impuestos de giros de depósito previo y de la cuota de fomento y defensa del trigo nacional de que trata el artículo 3° del Decreto 3078 de 1954, de los siguientes productos:
60.000 tone1adas de trigo.
15.000 toneladas de harina de trigo y sémolas.
1.000 toneladas de productos lácteos.
15.000 toneladas de aceites comestibles.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 22 de mayo de 1958.
Mayor General GABRIEL PARÍS G.,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca. -Vicealmirante Rubén Piedrahita Arango. -Brigadier General Rafael Navas Pardo. -Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jesús María Marulanda.
El Ministro de Agricultura,
Jorge Mejía Salazar.