DECRETO8761942194203 script var date = new Date(31/03/1942); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. 24929. 10, ABRIL, 1942. PÁG. 13.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se modifican los Decretos 491 de 1904 y 1763 de 1923VigentefalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO10/04/194210/04/19422492910913

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. 24929. 10, ABRIL, 1942. PÁG. 13.

DECRETO 876 DE 1942

(marzo 31)

Por el cual se modifican los Decretos 491 de 1904 y 1763 de 1923

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° El Ministerio de Educación Nacional no adoptará ni recomendará libros de texto para la enseñanza en establecimientos oficiales y privados. Su intervención quedará reducida a declarar si los textos respectivos se ajustan a los programas oficiales del Gobierno. 

  

En estos términos quedan modificados los Decretos 491 y 1763 de 1904 y 1923, respectivamente. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2° Para los efectos del artículo 3° del Decreto 1570 de 1939, los Directores y Profesores de los Colegios oficiales y privados escogerán los libros de texto que han de emplear para sus enseñanzas, de modo que se ajusten a las exigencias del artículo anterior. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 31 de marzo de 1942. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

Germán ARCINIEGAS