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DECRETO7861989198904 script var date = new Date(18/04/1989); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXV. N. 38783. 18, ABRIL, 1989. PAG. 1.MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESPor el cual se aplaza la vigencia del Decreto número 652 de fecha 31 de marzo de 1989.VigentefalsefalseRelaciones ExterioresfalsefalseDECRETO ORDINARIOfalse18/04/198918/04/19893878311

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXV. N. 38783. 18, ABRIL, 1989. PAG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 786 DE 1989

(abril 18)

Por el cual se aplaza la vigencia del Decreto número 652 de fecha 31 de marzo de 1989.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política, 

  

DECRETA: 

  

  


Artículo 1ºAplázase la vigencia del Decreto número 652 de fecha 31 demarzo de 1989, hasta el 1º de junio de 1989. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 18 de abril de 1989. 

  

VIRGILIO BARCO 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores, 

  

Julio Londoño Paredes. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Luis Fernando Alarcon Mantilla.