DECRETO7171937193704 script var date = new Date(01/04/1937); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23503. 14, JUNIO, 1937. PÁG. 6.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSPor el cual se ordena la emisión de la estampilla de la Cruz Roja para el año 1937VigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalseDECRETO ORDINARIO14/06/193714/06/1937235035226

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23503. 14, JUNIO, 1937. PÁG. 6.

DECRETO 717 DE 1937

(abril 01)

Por el cual se ordena la emisión de la estampilla de la Cruz Roja para el año 1937

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

Decreta 

  


Artículo único. En la Litografía Nacional se hará una emisión de 250,000 estampillas de la Cruz Roja, de valor de $ 0.05 cada una, para ser usadas conforme a lo dispuesto por el ar­tículo 1° de la Ley 9 de 1934, durante la semana de la Cruz Roja en el presente año de 1937. 

  

Parágrafo. El Ministerio de Correos y Telé­grafos escocerá 1 alegoría que llevará dicha estampilla. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a l° de abril de 19.37. 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Correos y Telégrafos, 

  

Jorge RESTREPO HOYOS