DIARIO OFICIAL. AÑO CI. N. 31628. 12, ABRIL, 1965. PÁG. 4.
DECRETO 715 DE 1965
(marzo 26)
por el cual se confieren unas facultades al señor Ministro del Trabajo.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que según el artículo 16 del Decreto 120 de 1963 la Dirección del Centro Nacional de Productividad corresponderá al Jefe de la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación o a aquel a quien el Consejo Técnico designe;
Que el Centro Nacional de Productividad todavía no está funcionando normalmente por carecer de presupuesto y de personal con funciones. y asignaciones fijadas;
Que el Jefe de la Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación del Ministerio del Trabajo no puede desempeñar conjuntamente la Dirección del Centro Nacional de Productividad por el volumen y calidad de las funciones que tiene asignadas,
DECRETA:
Artículo único. El Ministro del Trabajo podrá, mediante Resolución, encargar a un funcionario distinto del Jefe dela Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación, del Ministerio del Trabajo, para que desempeñe las funciones de Director del Centro Nacional de Productividad mientras se le fija este centro presupuesto y planta de personal con sus respectivas funciones y asignaciones.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E; a marzo 26 de 1965.
GUILLERMO LEON VALENCIA
Miguel Escobar Méndez, Ministro del Trabajo.