DIARIO OFICIAL. AÑO LVIII. N. 18282. 18, MAYO, 1922. PÁG. 7.
DECRETO 648 DE 1922
(mayo 11)
Por el cual se crea una Junta y se hacen unos nombramientos
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,
en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley 27 de 1920 y 25 de 1921,
decreta:
Artículo 1º Créase en la ciudad de Barranquilla una Junta ad honorem, encargada de la inversión de la suma de $ 200,000 en bonos colombianos de deuda interna, asignada por la Ley 27 de 1920, para apoyar la construcción del acueducto de Barranquilla.
Artículo 2º Esta Junta deberá llevar a cabo las obras adecuadas para proveer de aguas potables aquella ciudad, previos los estudios de planos, proyectos, presupuestos, informes, etc., de los cuales remitirá una copia al Ministerio de Obras Públicas.
Artículo 3º La Junta se compondrá de tres miembros con sus respectivos suplentes, y un Tesorero Pagador, designado por ella, quien rendirá las cuentas de la inversión de la suma que reciba a la Corte del ramo, por conducto del Ministerio de Obras Públicas, y de acuerdo con las disposiciones vigentes sobre contabilidad de la Hacienda Nacional.
Artículo 4º Los bonos de que se trata serán entregados por la Tesorería General de la República al Tesorero nombrado por la Junta, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley 25 de 1921, una vez que éste haya llenado las formalidades legales como empleado de manejo, de conformidad con el Código Fiscal.
Artículo 5º En consonancia con el artículo 3º de la Ley 27 de 1920, nombrase miembros principales de la Junta a los señores Francisco Carbonell W., José Víctor Dugand y Néstor Cepeda, y suplentes, en su orden, a los señores Manuel P. Alzamora, Alberto Pumarejo y Julio Gerlein.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de mayo de 1922.
jorge holguin-El Ministro da Obras Publicas. Próspero MARQUEZ.