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DECRETO6411986198602 script var date = new Date(26/02/1986); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXII. N. 37368. 28, FEBRERO, 1986. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se nombran delegados presidenciales para las elecciones del 9 de marzo de 1986VigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO28/02/198628/02/19863736811

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXII. N. 37368. 28, FEBRERO, 1986. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

DECRETO 641 DE 1986

(febrero 26)

Por el cual se nombran delegados presidenciales para las elecciones del 9 de marzo de 1986

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 32 de la Ley 85de 1981, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Desígnase como delegados presidenciales, para los municipios que a continuación se relacionan, a las personas: 

Antioquia.
ARBOLETES:Guillermo Garzón González y Jorge Araújo Quiñónez
BETULIA:Rogelio Pinilla y José H. Benítez Granados
CARMEN DE VIBORAL:Liliana Ardila Gómez y Gonzalo Bueno Córdoba
COCORNA:Jorge Cicerón González y Tobías Buitrago Grisales
COPACABANA:Benedicto Saquero Cubillos y Fernando Zapata
DABEIBA:Guido H. Campo Martínez y José H. Benítez Granadas
EBEJICO:Ignacio Rodríguez Medina y Alvaro Bustamante Alvarez
GRANADA:Julio Ernesto Villamizar Duarte y Gustavo Cano Gutiérrez
JARDIN:Diego Sandoval Reyes y Hernando Echeverry Echeona
MARINILLA:Jorge Alberto Ruiz y Jaime Lizarazo Pinzón
NECOCLI:Rocío Zamudio Angel y Ricardo Esguerra
PUERTO BELLO:José Carlos Britto y Antonio J. Mesa Gómez
PUERTO BERRIO:César Carlos Barrero Cuervo y Carlos E. Franco Saldarriaga
SAN VICENTE:José María Cantillo Asís y Juan B. Montoya Gaviria
SANTA ROSA DE OSOS:Víctor M. Leguizamón Delgado y Luis O. Garcés Agudelo
SANTUARIO:Carlos Arturo Casas y Mario García Velásquez
SONSON:Patricia Acosta y Alejandro Gutiérrez García
URRAO:Fabio Valencia Morate y Guillermo Molínares Sonior
VENECIACarlos Eduardo Bernal y Gustavo Gutiérrez Marulanda
Atlántico.
LURUACO:Manuel Moreno Sáenz y Gabriel Aghon
JUAN DE ACOSTA:Milciades Rodríguez y Vinicio Eduardo Asprilla
SOLEDADGermán Puentes González y César Raúl Bravo
Bolívar.
ARJONA:Jorge García González y Néstor Cortés Escobar
SIMITI:Democles Carrillo y Héctor Agudelo Neira
SOPLAVIENTO:Beatriz Arbeláez y Jairo Godoy
VILLANUEVA:Mauricio Vasco y Gonzalo Cerafín Ramírez Ramírez
Boyacá.
AQUITANIA:Rocío de las Mercedes Sañudo y Oscar Acosta Bonilla
BOAVITA:Gloria Consuelo Rodríguez Madero y Etelberto Guarin Martínez
PAUNA:Nelsón Franco y Jaime Pérez Delgado
PUERTO BOYACÁ:José Manuel Orozco Reyes y Homero Rodríguez García
SOGAMOSO:Hugo Restrepo Ramírez y Hernando Waked Hernández
TIBANA:Ricardo Pelmez Buque y Horacio Villamíl Pinzón
Caldas.
ARANZAZU:Héctor Cadena y José A. García Tamayo
LA DORADA:Federico Echevarría Olarte y Luz Marina González
MANZANARES:Nancy González y César Jaramillo Arango
MARQUETALIA:Juan Manuel Rozo y Silvio Cardona Alvarez
PENSILVANIA:Ivo Walter Otero y Guillermo Diago Ubillus
VITERBO:Myriam Borrero Parra y Carlos Rodríguez Téllez
Cauca.
BUENOS AIRES:Carlos Manuel Saavedra y Gabriel Duque Ocampo
PUERTO TEJADA:Luis Carlos Chicaiza y Alonso Prieto Reyes
Cesar.
LA PAZ:Jairo Castro Díaz y José Vicente Figueroa
PAILITAS:Oscar Emilio Anzola Covaleda y Lauro Vicente Muñoz Sotelo
Córdoba.
LOS CORDOBAS:Hugo Márquez y Antonio Chamorro Hormaza
MOMIL:Raúl Rafeas y Luis Femando Gómez Restrepo
MOÑITOS:Armando Robles y Julio César Téllez Zárate
PUERTO ESCONDIDO:José Aldemar Bravo Lizcano y Reinel García R.
SAN ANTERO:Carlos. Becerra Medina y Salomón Rodríguez Coca
SAN BERNARDO DEL VIENTO:Mireya Cuéllar Sierra y Alberto Muñoz González
SAN CARLOS:Bernardo Echeverri Echeverri e Ivo García Vargas
SAN PELAYO:Hugo Garavito y Alvaro Vásquez Vásquez
Cundinamarca.
ANOLAIMA:Miryam J. Mantilla y Humberto Medina Perea
CAQUEZA:Doris Jaramillo Urrea y Luis Torres Carreño
CHOACHI:María Inés Cuéllar Buraglia y Alvaro Torres Méndez
FÓMEQUE:Yezid Vélásquez y José A. Corredor Parra
GACHETA:Elver Forero Briceño y Eduardo Cuéllar Zubieta
GUADUAS:Carlota Restrepo Piedrahíta y Guillermo Hincapié Forero
LA MESA:Ana Helia Silva Bernal y Enrique González Faría
SILVANIA:Yolanda Navarro de Pérez y Alirio Gutiérrez Murillo
TOCAIMA:Eduardo Vega Rodríguez y Carlos Pinzón García
UBALA:Martha Amaya y Diego Manrique Pinto
YACOPI:Alfonso Abril y Alvaro Eslava Rodríguez
Chocó.
BAJO BAUDO:José Rodrigo Pérez y Mario Zambrano Camader
Huila.
ACEVEDO:Gustavo A. Salazar y Luis A. Ramón Torres
ALGECIRAS:Jesús Emiliano Castañeda y Rafael Rojas
CAMPOALEGRE:Pedro Antonio Alvarez y Silvio Villota
GIGANTE:Daniel de la Torre Ayarza y Miguel A. Mejía
PALESTINA:Hugo Vanegas Manrique y Mauricio Velasco Arboleda
PITALITO:Germán Rubiano Rojas y Clemente Diazgranados Caballero
SAN AGUSTIN:Jeánette Ovalle y Carlos Arboleda Valencia
TARQUI:César Augusto Torres Suescún y Gilberto Mora Colmenares
TIMANA:Jeánette Fernández y Francisco Peña Jiménez
Magdalena.
ARACATACA:Joaquín Durán Sénior y Carlos Bermúdez Cañizales
EL PIÑON:Blanca Ruth Arévalo y Rafael Gómez Vergara
PIVIJAY:Jesús Méndez y Fernando Avila Peña
PUEBLO VIEJO:Mario Chemas Bernal, y José David García
Meta.
GRANADA:Gonzalo Espitia y Celestino Gómez Galvis
SAN MARTIN:Nancy de Monroy y Ulpiano Flórez Hernández
Nariño.
ALBAN:Viíctor Báez Rangel y Gonzálo Moreano Lemes
SAN LORENZO:Ivo Ardila Pico y Ariel Lyons Barrerá
Norte de Santander.
ARBOLEDAS:Angela Marcela Lozano y María Gabriela Romero
CACHIRA:Rafael Rosas y José Camargo Villamizar
CONVENCIÓN:Mario Roberto Molano López y Carlos Guzmán León
CUCUTILLA:José Miguel Calderón López y Jaime Enrique Contreras Carvajal
CHINACOTA:Yolanda D' Otero de Díaz y Omaira Merchán
EL CARMEN:Jaime Milton Córdoba y Guillermo López Cabrera
EL ZULIA:Ricardo Santamaría y María Helena Arango Rivera
GRAMALOTE:Héver Vásquez Pinzón y Clemencia Viana Alzate
SALAZAR:Luis Roberto Acosta Díaz y Marco Fidel Rivera Jaime
SAN CALIXTO:Alberto Monsalve Hernández y Hugo Baracaldo Castañeda
SARDINATA:Antonio Moreno Hernández y Salvador Scoppetta Pacheco
Risaralda.
APIA:Javier Bolaños y Luis Felipe González Salazar
GUATICA:José Noé Ríos Muñoz y Martha García.
QUINCHIA:Ricardo. Molina y Martha Roa de Rojas
SANTUARIO:Oscar Rodríguez Corredor y Libardo Santamaría
Santander.
BOLIVAR:Jorge Alonso Suárez y Pedro Nel Torrentes Flórez
MALAGA:Raúl Sepúlveda Trejos y Cecilia Pineda Gil
MOGOTES:Liliana Granados y Rubén Alberto Maiguel Carrizosa
SUCRE:José Fernando Duque y Juan Orlando Ramos Valbuena
Sucre.
LOS PALMITOS:Lorenzo Solano Peláez y Pedro Rodolfo Laffont
Tolima.
ARMERO:Graciela Rangel Ballesteros y Luis Alberto Zambrano Olarte
ATACO:Luis Ignacio Rosas García y Julio Enrique Bolaños Ortiz
CARMEN DE APICALA:Sara Inés Gaviria y Carlos Alberto Bustos Chacón
CHAPARRAL:Beatriz Echeverri de Escalante y Silvio Homero Villota
COYAIMA:Félix Javier Costa López y Cecilio Bonilla Erazo
CUNDAY:Juan Carlos Roa y Oscar Betancur Restrepo
DOLORES:Gonzalo Ramírez Castro y Raúl Hernán Carreño Patarroyo
FALAN:Freddy Pérez y Alberto Echeverry Rivera
HERVEO:Oscar Martínez Wilches y Efraín Soto
HONDA:Víctor Manuel Ruiz y Marco Heladio Murillo Córdoba
MARIQUITA:Yezid Arocha y Simón Usa Niño
MURILLO:Ricardo Torres y Benedicto Flórez González
PLANADAS:Marco Andrés Bedoya Rodríguez y Elíseo Mora Urrez
RIOBLANCO:Blanca Cecilia Muñoz Casteblanco y Carlos Jaimes Mogollón
ROVIRA:Francisco José Torres Yerena y Fabio Martínez Virguez
SALDAÑA:Mireya González Méndez y José Daniel Sastoque Morales
SAN ANTONIO:Jaime Rincón Sastoque y Ramiro Rincón
VENADILLO:Guillermo Urrea Acevedo y Elsa Marina Cruz
VILLAHERMOSA:Manuel Buitrago y Manuel Enrique Perdomo Monroy
VILLARRICA:Jorge Solórzano y Germán Zarate Angulo
Valle.
ALCALA:Juan Manuel Orozco Reyes y Otoniel Escobar Cifuentes
ANSERMANUEVO:Gabriel Arturo Suárez y Henry Aristizábal Bustamante
BOLIVAR:Orlando Ronderos Toben y Carlos Acosta Polanco
EL AGUILA:Alvaro Erazo Aviles y Betty de Parra
EL CAIRO:Alvaro Galvis y Mario A. Andrade Quintero
LA UNION:Henna González y Teresa de Jesús Montoya Ramírez
LA VICTORIA:Abelardo Camacho Trujillo y Manuel Cerón
OBANDO:José Agustín Suárez Alba y Luis Miguel Domínguez
RIOFRIO:Pablo José Gil y Abelardo Gacharná
ROLDANILLO:Ventura Mina Gómez y Jesús Abel Upegui Castillo
SAN PEDRO:Libia Stella Peña de Ruiz y Oliva Cotríno de Varón
TORO:Julio César Florián y José María del Castillo Abella
TRUJILLO:Alberto Mejía Mejía y Angel Cortabarria M.
VERSALLES:Martha Gómez e Isauro Cuéllar Cuéllar
Arauca.
ARAUCA:Julio Roballo y Lino Arturo Girón Trujillo
TAME:Francisco Saboyá y Alvaro Torres Méndez
Casanare.
YOPAL:María Osejo Mera y José Fernando Giraldo Vélez


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]


Artículo 2° Corresponde a los delegados de que trata el presente Decreto velar por el cumplimiento de las normas de carácter electoral en la ley. En particular, cumplirán las siguientes funciones: 

  

a) Convocar a los dirigentes de los distintos partidos o grupos políticos para expresarles el interés del Gobierno y de la comunidad sobre el mantenimiento del orden y la garantía de la pureza del sufragio; 

  

b) Requerir la colaboración de los Registradores y Delegados del Estado Civil, Alcalde, Juez Municipal y de los demás funcionarios y Ciudadanos en general para obtener el normal funcionamiento de los jurados de votación; 

  

c) Requerir al Registrador del Estado Civil o a su Delegado para asegurar que los jurados de votación, en cada una de las mesas, sean de diferentes partidos políticos, en forma tal que no existan jurados homogéneos; 

  

d) Vigilar la apertura de las urnas, su distribución y colocación en el lugar de las votaciones y la presencia de los jurados desde el acto de instalación de las mesas; 

  

e) Solicitar al Registrador del Estado Civil o su Delegado el cambio inmediato de los jurados de votación cuando se compruebe parcialidad por parte de éstos; 

  

f) Colaborar con las autoridades militares y de policía para que los sufragantes circulen por las mesas de votación en orden, sin armas y evitar la formación de grupos de personas que traten de alterar el normal desarrollo de las elecciones; y, 

  

g) Refrendar con sus firmas las actas de escrutinio de los jurados de votación en donde no hubiere sido posible la representación de distintos partidos y de hecho los jurados fuesen homogéneos. 

  


Artículo 3° Los delegados deberán estar en el lugar de su destino por lo menos dos (2) días antes de la fecha de las elecciones y al término de su misión rendirán a la Secretaria General de la Presidencia de la República un informe escrito sobre la labor por ellos cumplida. 

  

Los delegados de que trata este Decreto tendrán derecho a cinco (5) días de viáticos a razón de cinco mil pesos ($ 5.000.00) diarios moneda corriente, y a los pasajes aéreos y gastos de transporte terrestre que ocasione su desplazamiento, los cuales serán cancelados con cargo al Presupuesto de la Presidencia de la República. 

  


Artículo 4° Los Gobernadores, Intendentes, Comisarios, Alcaldes y demás autoridades, prestarán a los delegados presidenciales toda la colaboración que requieran para el cumplimiento de sus funciones. 

  


Artículo 5° Nómbrase delegado presidencial para el Departamento del Cauca al doctor Luis Fernando Jaramillo, en reemplazo del doctor Gustavo Vasco Muñoz quien no aceptó. 

  


Artículo 6° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de febrero de 1986. 

  

BELISARIO BETANCUR 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Jaime Castro, 

  

El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, 

  

Víctor G. Ricardo Piñeros.