DIARIO OFICIAL. AÑO LVIII. N. 18270. 12, MAYO, 1922. PÁG. 1.
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DECRETO 632 DE 1922
(mayo 08)
En ejecución de la Ley 79 de 1920, por la cual se dispuso la celebración del primer centenario de la batalla de Pichincha
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,
considerando:
Que el día 24 de los corrientes se cumplirá el primer centenario de la batalla de Pichincha, una de las grandes jornadas que aseguraron definitivamente la libertad americana;
Que la Ley 79 ya citada dispuso, entre otras cosas, que la República de Colombia se asociarla a la del Ecuador, para la conmemoración de aquel magno acontecimiento, cuya fecha será día de fiesta nacional;
Que tanto para satisfacer aquel mandato del legislador como para cumplir un deber imperioso y sagrado, impuesto por la gratitud nacional, los altos Poderes del Estado deben contribuir en la medida de sus facultades al mayor brillo y esplendor de los festejos que se celebren,
decreta:
Artículo 1° Constltúyese una Junta compuesta de los señores doctores Raimundo Rivas, Eduardo Santos, Alfonso Robledo, Federico Lleras, Eduardo Restrepo Sáenz, Eduardo Matéus Liza-rralde y don José Domingo Dávila, a cuyo patriotismo confía el Gobierno la organización de los festejos con que la República de Colombia se asocia a la República hermana para rememorar dignamente aquel glorioso hecho de la emancipación americana.
Artículo 2° Tendrán voz y voto en la expresada Junta organizadora los señores Ministro de Obras Públicas, Gobernador de Cundinamarca, Jefe del Estado Mayor General del Ejército y Alcalde de la ciudad.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de mayo de 1922
JORGE HOLGUÍN-El Ministro de Gobierno, Víctor M. SALAZAR.