DECRETO6191950195002 script var date = new Date(22/02/1950); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVII. N. 27257. 27, MARZO, 1950. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se adiciona el número 3944 de 1949Vigencia en EstudiofalsefalsefalseFunciones de servidores públicosfalseDECRETO LEGISLATIVONorma adoptada como Legislación permanente por el art 1 de la Ley 141 de 1961. Norma no vigente porque agotó su objeto.false07/03/195022/02/19502725710662

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVII. N. 27257. 27, MARZO, 1950. PÁG. 1.

DECRETO 619 DE 1950

(febrero 22)

Por el cual se adiciona el número 3944 de 1949

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO

El presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que por Decreto número 3518 de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional; 

  

Que por Decreto número 3520 se suspendió el funcionamiento de los Concejos Municipales, a los cuales les está atribuida la designación de los representantes de los Municipios ante ciertas entidades públicas, semipúblicas y privadas; 

  

Que por las circunstancias expuestas se hace indispensable facilitar la referida designación para evitar perjuicios a los intereses municipales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Facúltase a los Gobernadores para permitir que los Concejos Municipales se reúnan también con el objeto de elegir representantes de los Municipios ante las entidades públicas, semipúblicas o privadas, en que éstos tengan interés. 

  


Artículo 2°. Este Decreto rige desde su expedición. 

  

Comuníquese, publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá a 22 de febrero de 1950. 

  

MARIANO OSPINA PEREZ 

  

El Ministro de Gobierno. Luis Ignacio Andrade-El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Ministerio de Justicia, Evaristo Sourdis-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del Ministerio de Minas y Petróleos, Hernán Jaramillo Ocampo-El Ministro de Guerra, Teniente General Rafael Sánchez Amaya- El Ministro de Agricultura y Ganadería, Juan Guillermo Restrepo Jaramillo-El Ministro del Trabajo, Víctor G. Ricardo-El Ministro de Higiene, Jorge Cavelier-El Ministro de Comercio e Industrias, César Tulio Delgado-El Ministro de Educación Nacional, Manuel Mosquera Garcés-El Ministro de Correos y Telégrafos, General Gustavo Rojas Pinilla-El Ministro de Obras Públicas, Víctor Archila Briceño.