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DECRETO6141950195002 script var date = new Date(22/02/1950); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVI. N. 27257. 7, MARZO, 1950. PÁG. 2.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se dicta una medida sobre Instituto de Crédito TerrotirialDEROGADOfalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseCrédito público y endeudamiento|Organización del estadofalseDECRETO LEGISLATIVONorma adoptada como Legislación permanente por el art 1 de la Ley 141 de 1961. Norma no vigente porque agotó su objeto.false07/03/195003/03/202122/02/19502725710662

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVI. N. 27257. 7, MARZO, 1950. PÁG. 2.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

DECRETO 614 DE 1950

(febrero 22)

Por el cual se dicta una medida sobre Instituto de Crédito Terrotirial

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]


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Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO

El Presidente de la República de Colombia

  

en uso de las facultades constitucionales que le confiere el artículo 121 de la Carta, y 

  

considerando: 

  

Que por Decreto número 3518 de nueve de noviembre de mil novecientos cuarenta y nueve se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio nacional; 

  

Que la construcción de vivienda urbana y campesina es una obra esencialmente social, y las actividades del Ministerio del Trabajo deben estar vinculadas a su objetivo, como desarrollo económico de las clases menos favorecidas; 

  

Que por lo anterior el Ministerio del Trabajo debe tener representación en la Junta Directiva de dicho organismo, 

  

decreta

  


Artículo primero.Derogado. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo segundo.Derogado. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo tercero.Derogado. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]


Publíquese y ejecútese. 

  

Dado en Bogotá a 22 de febrero de 1950. 

  

MARIANO OSPINA PEREZ 

  

El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio Andrade-El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Justicia, Evaristo Sourdis-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del Despacho de Minas y Petróleos, Hernán Jaramillo Ocampo-El Ministro de Guerra, Teniente General Rafael Sánchez Amaya-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Juan Guillermo Restrepo Jaramillo-El Ministro del Trabajo, Víctor G. Ricardo-El Ministro de Higiene, Jorge Cavelier-El Ministro de Comercio e Industrias, César Tulío Delgado-El Ministro de Educación Nacional, Manuel Mosquera Garcés-El Ministro de Correos y Telégrafos, General Gustavo Rojas Pinilla-El Ministro de Obras Públicas, Víctor Archila Briceño.