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DECRETO6071904190407 script var date = new Date(08/07/1904); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XL. N. 12124, 16, JULIO 1904, PAG. 4MINISTERIO DE GUERRAPor el cual se adiciona la primera liquidación del Presupuesto de gastos de bienio de 1903 y 1904 con una suma imputable al Departamento de Instrucción públicaVigentefalsefalseDefensa NacionalfalseDECRETO ORDINARIO16/07/190416/07/1904121246164

DIARIO OFICIAL. AÑO XL. N. 12124, 16, JULIO 1904, PAG. 4

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 607 DE 1904

(julio 08)

Por el cual se adiciona la primera liquidación del Presupuesto de gastos de bienio de 1903 y 1904 con una suma imputable al Departamento de Instrucción pública

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo, 

  

En ejercicio de sus atribuciones legales y en cumplimiento de la Ley 39 de 1903 , 

  

considerando

  

Que por Resolución número 183 de fecha 1° de los corrientes el Ministerio de Instrucción Pública ha fijado la suma de diez mil pesos ($ 10,000) en moneda legal de oro, como cuantía de los créditos implícitos á que se refieren los artículos 10, 20 y 22 de la Ley 39 de 1903, 

  

decreta: 

  


Artículo único. Adiciónase la primera liquidación del Presupuesto de Gastos del bienio económico de 1903 y 1904 con la suma de diez mil pesos ($ 10,000), en moneda legal de oro, que se imputará así: 

  

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA 

  

departamento de instruccion publica. 

  

Servicio de 1908 y 1904. 

  

capitulo 48 

  

Instrucción Primaria-Material 

Art. 289 A. Para la provisión de textos de enseñanza, útiles de escritorio, etc. de las escuelas primarias$ 5,000
capitulo 49

Gastos varios 

  

Art. 316. c. Para auxiliar la fundación y sostenimiento del Instituto de San Antonio en Bogotá 

$ 5,000
Suma$ 10.000
Publíquese.

Dado en Bogotá, á 8 de Julio de 1904. 

  

josé manuel MARROQUIN 

  

El Ministro de Guerra, encargado del Despacho del Tesoro, 

  

alfredo VASQUEZ COBO 

  

  

Digramó: CC80.172.848