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DECRETO5901928192803 script var date = new Date(30/03/1928); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXIV. N. 20767. 13, ABRIL, 1928. PÁG. 4.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSPor el cual se suspenden las disposiciones del Decreto número 244 de 1928VigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalseDECRETO ORDINARIO13/04/192813/04/192820767604

DIARIO OFICIAL. AÑO LXIV. N. 20767. 13, ABRIL, 1928. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 590 DE 1928

(marzo 30)

Por el cual se suspenden las disposiciones del Decreto número 244 de 1928

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Quedan en suspenso las disposiciones del Decreto número 244 de 13 de febrero del presente año, mientras se organiza debidamente la revisión de los despachos telegráficos en clave que se introduzcan en las Oficinas de la República. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 30 de marzo de 1928. 

  

MIGUEL ABADIA MENDEZ 

  

El Ministro de Correos y Telégrafos, 

  

José Jesús GARCIA