DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXV. N. 43962. 5, ABRIL, 2000. PÁG. 1
DECRETO 577 DE 2000
(marzo 31)
Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2491 del 15 de diciembre de 1999
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales, especialmente las consagradas en los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y con sujeción a lo dispuesto en los artículos 3º de la Ley 6ª de 1971, 2º y 4º de la Ley 7ª de 1991,
DECRETA:
Artículo 1º. Modificase el artículo 1º del Decreto 2491 de 1999, el cual quedará así:
"Artículo 1º.Ambito de aplicación. Las disposiciones, consagradas, en este decreto regulan la importación ordinaria de bienes de capital y repuestos importados al amparo de los artículos 173 literal c) y 174 del Decreto-ley 444 de 1967, que hubieren cumplido los compromisos de exportación correspondientes, con anterioridad al 1º de julio del año 200"
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Artículo 2º. Prorrogar la vigencia del Decreto 2491 de 1999 hasta el 30 de junio del año 2000.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en, lo pertinente el artículo 8º del Decreto 2491 de 1999 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 31 de marzo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
La Ministra de Comercio Exterior,
Martha Lucía Ramírez de Rincón.