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DECRETO5661928192803 script var date = new Date(26/03/1928); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXIV. N. 20767. 13, ABRIL, 1928. PÁG. 4.MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOSPor el cual se reorganiza la Oficina Telegráfica de ZapatocaVigentefalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalseDECRETO ORDINARIO13/04/192813/04/192820767604

DIARIO OFICIAL. AÑO LXIV. N. 20767. 13, ABRIL, 1928. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 566 DE 1928

(marzo 26)

Por el cual se reorganiza la Oficina Telegráfica de Zapatoca

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1.° A contar del primero de abril próximo, el personal y las asignaciones de la Oficina Telegráfica de Zapatoca será el siguiente: 

Un Jefe, con la asignación mensual de$ 120
Cuatro Ayudantes, con la asignación mensual cada uno de90
Un Oficial de Recibo, con la asignación mensual de78
Un Cartero, con la asignación mensual de15

Artículo 2.° Nómbrase a los siguientes señores para desempeñar los puestos que a continuación se expresan, en la Oficina Telegráfica de Zapatoca: 

  

Jefe, Carlos Betancourt. 

  

Ayudantes, José Gómez Amorocho, Jesús Morales, Tobías Acero Pérez y José Jesús Sarmiento H. 

  

Oficial de Recibo, señorita Ana Gómez. 

  


Artículo 3.° El aumento de ciento diez y seis pesos ($ 116) mensuales que ocasiona el mayor gasto en la reorganización de la Oficina Telegráfica de Zapatoca, según los parágrafos 2194, 2195, 2196 y 2197 del artículo 732, capítulo 56, del Presupuesto vigente, y de acuerdo con el Decreto 2051, de fecha 15 de diciembre último, se tomará de la partida de ciento diez y seis pesos catorce centavos ($ 116-14) que quedaron como excedentes en el mes, de conformidad con el Decreto número 425 de fecha 8 de los corrientes. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 26 de marzo de 1928. 

  

MIGUEL ABADIA MENDEZ 

  

El Ministro de Correos y Telégrafos, 

  

José Jesús GARCIA