DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIII. N. 46915. 27, FEBRERO, 2008. PAG. 6.
DECRETO 565 DE 2008
(febrero 27)
por el cual se modifica el Decreto 4675 de 2006.
Estado del documento: Derogado.[Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 71 de la Ley 1151 de 2007, estableció: "Personería jurídica y adscripción, programa para la consolidación de la intervención económica del Estado. En desarrollo de este Programa, dótese de personería jurídica, a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, a la Superintendencia de Industria y Comercio y a la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores y adscríbase esta última y el Consejo Técnico de la Contaduría Pública al que se refiere la Ley 43 de 1990, al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo";
Que como consecuencia de la adscripción de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores se hace necesario modificar la Integración del Sector Administrativo de la Educación,
DECRETA:
Artículo 1°. Modifícase el artículo 4° del Decreto 4675 de 2006, el cual quedará así:
"Artículo 4°. El Nivel Nacional del Sector Administrativo de la Educación está constituido por el Ministerio de Educación Nacional y sus entidades adscritas y vinculadas:
ENTIDADES ADSCRITAS |
Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior -ICFES |
Instituto Nacional para Ciegos INCI |
Instituto Nacional para Sordos INSOR |
Instituto Tecnológico “Pascual Bravo” |
Instituto Técnico Central |
Instituto de Educación Técnica Profesional de Roldanillo |
Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Andrés y Providencia |
Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar |
Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional |
Instituto Técnico Nacional de Comercio Simón Rodríguez |
Instituto Tecnológico de Soledad Atlántico -ITSA- |
Instituto Superior de Educación Rural de Pamplona - ISER |
Colegio Mayor de Bolívar |
ENTIDADES VINCULADAS |
Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez” ICETEX |
Fondo de Desarrollo de la Educación Superior -FODESEP |
ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION SECTORIAL |
Consejo Nacional de Educación Superior -CESU |
Consejo Nacional de Acreditación CNA |
Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educación- CONACES |
Comisión Pedagógica Nacional de Comunidades Negras |
Comités Regionales de Educación Superior – CREE” |
Artículo 2º.Vigencia, El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 4º del Decreto 4675 de 2006.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Publíquesey cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de febrero de 2008.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
La Ministra de Educación Nacional,
Cecilia María Vélez White.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.