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DECRETO5231908190805 script var date = new Date(09/05/1908); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLIV. N. 13276. 16, MAYO, 1908. PÁG. 2.MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASPor el cual se reforma el Decreto número 472 de20 de abril últimoVigentefalsefalseTransportefalseDECRETO ORDINARIO19/05/190819/05/1908132794822

DIARIO OFICIAL. AÑO XLIV. N. 13276. 16, MAYO, 1908. PÁG. 2.

DECRETO 523 DE 1908

(mayo 09)

Por el cual se reforma el Decreto número 472 de20 de abril último

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El designado encargado del Poder Ejecutivo 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Las adjudicaciones de baldíos de que trata el artículo 3° del Decreto número 372 de este año deben ser sometidas por la Junta de la Colonia militar y agrícola de Santa Marta á la aprobación del Gobierno por conducto del Ministerio de Obras Públicas, en la misma forma en que deben ser sometidas al mismo Ministerio todas las adjudicaciones de baldíos de conformidad con los artículos 922, 923, 927, 928, 930, 931, 932, 934 del Código Fiscal. 

  

Dado en Bogotá, a 9 de Mayo de 1908 

  

D. EUCLIDES DE ANGULO 

  

El Ministerio de Obras Públicas, 

  

jose maria RUIZ