DIARIO OFICIAL. AÑO LXXI. N. 22848. 30, MARZO, 1935. PÁG. 2.
DECRETO 438 DE 1935
(marzo 08)
Por el cual se hacen unos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia;
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día primero del mes en curso, concedió la autorización solicitada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en el Presupuesto de dicho Ministerio, de conformidad con el artículo 32 de la Ley 64 de 1931,
DECRETA:
Artículo único. Hácense en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso los siguientes traslados:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Del capítulo 33, artículo 111. Para el servicio de amortización e intereses de los avances para la concesión de las salinas terrestres, según contrato celebrado con el Banco de la República | $ | 60,000 | ||
Al capítulo 27, artículo 79, Para gastos que demanden las rentas de timbre, papel sellado, | ||||
consumo y sanidad para Lazaretos | $ | 60,000 | ||
Sumas iguales | $ | 60,000 | $ | 60,000 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de marzo de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jorge SOTO DEL CORRAL