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DECRETO4101994199402 script var date = new Date(22/02/1994); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 41235. 22, FEBRERO, 1994. PÁG. 3.MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIORpor el cual se ordena una comisión de servicios al exterior y se hace un encargoVigentefalsefalseRelaciones ExterioresfalsefalseDECRETO ORDINARIO22/02/199422/02/19944123533

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 41235. 22, FEBRERO, 1994. PÁG. 3.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 410 DE 1994

(febrero 22)

por el cual se ordena una comisión de servicios al exterior y se hace un encargo

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 1° del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 2° del Decreto 1666 de 1991 y el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Comisiónase al doctor Juan Manuel Santos C. Ministro de Comercio Exterior, para que viaje a las ciudades de New York (Estados Unidos) del 22 al 24 de febrero, con el fin de realizar conversaciones con asesores del Gobierno colombiano para la vinculación de Colombia al NAFTA, Tokio (Japón) del 25 de febrero al 2 de marzo, para acompañar al señor Presidente de la República en la visita oficial a ese país; Washington (Estados Unidos), del 2 al 7 de marzo. para adelantar negociaciones frente al Gobierno americano y entrevistarse con el señor Michael Cantor, Secretario de Comercio Exterior de los Estadas Unidos, y un grupo de parlamentarios americanos, y Londres (Gran Bretaña), del 8 al 11 de marzo de 1994, para firmar el Acuerdo sobre Protección a la Inversión. 

  


Articulo 2° El doctor Santos Calderón tendrá derecho a pasaje aéreo en primera clase y a viáticos diarios así: 

Viáticos diariosPor el termino de:
Por comisión a New YorkUS$ 380.006 días
Por comisión a TokioUS$ 265.004 días
Por comisión a WashingtonUS$ 265.003 días
Por comisión a LondresUS$ 380.003 días y medio

Artículo 3° Encárgase al doctor Juan José Echavarría Soto, Viceministro de Comercio Exterior, de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio Exterior, mientras dura la ausencia del titular. 

  


Artículo 4° Los gastos que ocasione el cumplimiento de esta comisión se pagarán con cargo al presupuesto vigente del Ministerio de Comercio Exterior. 

  


Artículo 5° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 22 de febrero de 1994. 

  

CESAR GAVIRIA TRUJILLO 

  

El Director del Departamento Administrativo de-la Presidencia de la República, 

  

Miguel Silva Pinzón.